ORDEN 258/2020, DE 10 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS, POR LA QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDEN 224/2020, DE 13 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECE LA PLANTILLA MÍNIMA DE FUNCIONARIOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA GARANTIZAR EL SERVICIO PÚBLICO JUDICIAL ANTE LA SITUACIÓN GENERADA POR EL COVID-19, CUYA VIGENCIA FUE PRORROGADA POR ORDEN 236/2020, DE 25 DE MARZO.
Por Orden 224/2020, de 13 de marzo, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, se estableció la plantilla mínima de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia para garantizar el servicio público judicial ante la situación generada por el COVID-19, cuya vigencia fue prorrogada por Orden 236/2020, de 25 de marzo.
En dicha Orden 236/2020, de 25 de marzo, se disponía que la mencionada prórroga sería efectiva hasta el día 11 de abril de 2020, inclusive, y se prorrogaría siempre que se mantuvieran las condiciones en que se dictó la Orden.
Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo , se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Por Resolución de 25 de marzo de 2020, del Congreso de los Diputados, se ordenó la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma hasta las 00:00 horas del 12 de abril de 2020.
En su sesión de 9 de abril de 2020, el Congreso de los Diputados ha autorizado la prórroga del estado de alarma hasta las 00:00 horas del 26 de abril de 2020, persistiendo, por tanto, las condiciones en que se dictó la Orden 224/2020, de 13 de marzo.
Por consiguiente, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 271/2019, de 22 de octubre , del Consejo de Gobierno a la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas,
DISPONGO
Artículo único
La presente Orden tiene por objeto prorrogar la Orden 224/2020, de 13 de marzo, de esta Consejería, por la que se establecía la plantilla mínima de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia para garantizar el servicio público judicial ante la situación generada por el COVID-19, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 11 de abril de 2020 por Orden 236/2020, de 25 de marzo.
Dicha prórroga será efectiva durante todo el período de vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 , del 14 de marzo, incluidas las prórrogas del mismo que, en su caso, se adopten.
Mantienen en consecuencia su vigencia, las Resoluciones y comunicaciones adoptadas o que se puedan adoptar por el Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, o por el titular del órgano que ejerza sus funciones, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Única de la Orden referida.
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