Programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia

 07/04/2020
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Resolución de 31/03/2020, de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se modifica la Resolución de 05/02/2020, por la que se convocan para el año 2020 las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha y se acuerda la continuación de determinados procedimientos administrativos (DOCM de 6 de abril de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 31/03/2020, DE LA VICECONSEJERÍA DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 05/02/2020, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2020 LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS AL SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA O EN RIESGO DE ESTARLO EN CASTILLA-LA MANCHA Y SE ACUERDA LA CONTINUACIÓN DE DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

Mediante la Resolución de 5 de febrero de 2020, de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia se convocaron para 2020 las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha.

La delicada situación a nivel sanitario en la que se encuentra actualmente nuestro país, ha motivado la declaración del estado de alarma, por parte del Gobierno de la Nación, a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo. También a nivel autonómico, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha había aprobado previamente el Decreto 8/2020, de 12 de marzo, del Presidente de la Junta de Comunidades, sobre medidas extraordinarias a adoptar con motivo del coronavirus, cuyo artículo 1 establece una serie de medidas de contención con carácter extraordinario, varias de las cuales tienen una especial incidencia en algunos de los programas que se financian a través de esta convocatoria y que, como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria sobrevenida, no se podrán llevar a cabo en los mismos términos inicialmente previstos.

Por otra parte, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en su disposición adicional tercera, dispone que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios, de forma que debe declararse la continuidad en los procedimientos de tramitación de la Resolución de 05/02/2020, de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se convocan para el año 2020 las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha respecto de aquellos programas destinados a la realización de actividades en las líneas de actuación establecidas en la base tercera.1. a) y b) de la Orden 13/2018, de 5 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha, ya que la suspensión de plazos implicaría graves perjuicios para las personas usuarias de los servicios de promoción de la autonomía personal y prevención de las situaciones de dependencia y para las entidades que los gestionan.

En su virtud y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 4 del Decreto 86/2019, de 16 de julio, la Viceconsejera de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, Dispone:

Primero. Se modifica la Resolución de 05/02/2020, de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, por la que se convocan para el año 2020 las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha, quedando sin efecto dicha convocatoria en lo que se refiere a los programas destinados a la realización de actividades en las líneas de actuación establecidas en la base tercera.1. c) y d) de la citada Orden 13/2018, de 5 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social.

Segundo. Se acuerda la continuación de los procedimientos administrativos relativos a la Resolución de 05/02/2020, de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, en lo que respecta los programas destinados a la realización de actividades en las líneas de actuación establecidas en la base tercera.1. a) y b) de la Orden 13/2018, de 5 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social.

En todo caso, el desarrollo de estos programas se deberá realizar respetando las medidas de carácter extraordinario adoptadas durante la situación de crisis sanitaria.

Tercero. Efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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