Actividad asistencial de determinados centros de servicios sociales de carácter residencial

 06/04/2020
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Resolución 903/2020, de 2 de abril, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se designan empleados públicos para dirigir y coordinar la actividad asistencial de determinados centros de servicios sociales de carácter residencial (BOCAM de 3 de abril de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN 903/2020, DE 2 DE ABRIL, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD, POR LA QUE SE DESIGNAN EMPLEADOS PÚBLICOS PARA DIRIGIR Y COORDINAR LA ACTIVIDAD ASISTENCIAL DE DETERMINADOS CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES DE CARÁCTER RESIDENCIAL.

La Organización Mundial de la Salud elevó, el pasado 11 de marzo de 2020, la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura.

Entre dichas medidas se encuentra la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo , de adopción de medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que estableció una primera batería de medidas, fundamentalmente de carácter organizativo, encaminadas a luchar contra el COVID-19 en estos centros.

Dicha Orden establece que los residentes de los centros a los que resulta de aplicación la misma deben clasificarse en:

a) Residentes sin síntomas y sin contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19.

b) Residentes sin síntomas, en aislamiento preventivo por contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19.

c) Residentes con síntomas compatibles con el COVID-19.

d) Casos confirmados de COVID-19.

Posteriormente, y ante el avance de la enfermedad, se aprobó la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo , por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial en relación con la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Entre esas medidas complementarias, se faculta a las autoridades competentes de las comunidades autónomas a intervenir centros residenciales de personas mayores, personas con discapacidad u otros centros de servicios sociales de análoga naturaleza, ya sean de titularidad pública o privada, pudiendo, entre otras actuaciones, según establece el apartado tercero c) de dicha norma, designar un empleado público para dirigir y coordinar la actividad asistencial de estos centros, en los casos en que los mismos cuenten con pacientes clasificados en los grupos b), c) y d) del apartado segundo.1 de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo .

Asimismo, la Orden 1/2020, de 27 de marzo, conjunta de la Consejería de Sanidad y de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo , de adopción de medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establece en el apartado tercero 3 que la medida prevista en la letra c) del apartado tercero de la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo , dado su carácter organizativo en el ámbito de los centros sociales afectados, será adoptada por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, previa propuesta de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia o de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Los centros residenciales relacionados en el Anexo I de esta resolución cuentan con residentes clasificados en los grupos b), c) y d) del apartado segundo.1 de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo .

En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia,

RESUELVO

Primero

Designar como encargados de dirigir y coordinar la actividad asistencial de los centros de servicios sociales de carácter residencial que se indican en el Anexo I de esta Resolución, a los empleados públicos de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad que se relacionan en el mismo.

Segundo

La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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