Medidas especiales de carácter preventivo en establecimientos funerarios

 02/04/2020
 Compartir: 

Resolución de 30 de marzo de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, relativa a las medidas especiales de carácter preventivo en establecimientos funerarios, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 (DOCV de 1 de marzo de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE MARZO DE 2020, DE LA CONSELLERA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA, RELATIVA A LAS MEDIDAS ESPECIALES DE CARÁCTER PREVENTIVO EN ESTABLECIMIENTOS FUNERARIOS, COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

En el DOGV núm. 8773, de 27 de maro de 2020, se publicó la Resolución de 25 de marzo de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas especiales de carácter preventivo en establecimientos funerarios de cualquier tipo en el ámbito de la Comunitat Valenciana, para limitar la propagación y contagio por la Covid-19.

En fecha 30 de marzo de 2020, en el BOE núm. 88, se ha publicado la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo , por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio de la Covid-19.

Dado que esta orden del Ministerio de Sanidad establece un marco explícito de medidas en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres, y a fin de que no exista contradicción con el acto dictado por esta Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por motivo de seguridad jurídica, conviene dejar sin efecto la referida Resolución de 25 de marzo de 2020.

En consecuencia, resuelvo:

Dejar sin efecto la Resolución de 25 de marzo de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas especiales de carácter preventivo en establecimientos funerarios de cualquier tipo en el ámbito de la Comunitat Valenciana, para limitar la propagación y contagio por la Covid-19, en cuanto rige la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo , por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio de la Covid-19.

Se advierte que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, y que contra esta puede interponerse un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana