RESOLUCIÓN DE 21 DE FEBRERO DE 2020, DE LA CONSEJERÍA DE GOBERNANZA PÚBLICA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2020 LAS AYUDAS A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA RIOJA PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO A LOS MIEMBROS DE LAS MISMAS Y GASTOS DE REPRESENTACIÓN (EXTRACTO)
BDNS: 498019
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya población de derecho no supere los 1.000 habitantes, con arreglo a las cifras oficiales del último censo del Instituto Nacional de Estadística.
Segundo. Objeto.
El objeto de las ayudas es financiar los gastos corrientes que realicen las corporaciones locales en concepto de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación (publicada en el Boletín Oficial de La Rioja, de 21 de noviembre de 2014).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la convocatoria para el ejercicio 2020 será de 203.200 euros, imputándose con cargo a las partidas presupuestarias 0403.9311.461.05, por importe de 200.400 euros, y 0403.9311.463.04, por importe de 2.800 euros, correspondientes al presupuesto de gastos para 2020 de la Dirección General de Política Local, de la Consejería de Gobernanza Pública.
La cuantía de la ayuda a percibir por las entidades locales beneficiarias se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del extracto de la convocatoria hasta el día 31 de marzo de 2020.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10169)
Solicitudes: Las solicitudes de las ayudas se cumplimentarán con arreglo al modelo definido en la página web del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org/ayuntamientos), y se presentarán de forma telemática.
Procedimiento de concesión: Se tramitará en régimen de concesión directa, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación.
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