Subvenciones destinadas a entidades locales aragonesas para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania

 26/02/2020
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Extracto de la Orden PRI/125/2020, de 17 de febrero, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales aragonesas para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania, durante el año 2020 (BOA de 25 de febrero de 2020). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN PRI/125/2020, DE 17 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES ARAGONESAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y LA REGIÓN FRANCESA DE OCCITANIA, DURANTE EL AÑO 2020.

BDNS (Identif.): 496245

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de bases reguladoras.

Las entidades locales deberán presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Occitania, siendo necesario que el socio francés presente, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania.

Segundo.- Objeto.

Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania que se desarrollen en el año 2020, y que tengan relación con alguna de las siguientes áreas:

- Infraestructuras de transporte y comunicaciones.

- Medio Ambiente y desarrollo sostenible.

- Cultura y Turismo.

- Enseñanza superior, educación y formación profesional.

- Industria, comercio, artesanía, servicios y apoyo empresarial.

- Actividades agrícolas, agroalimentarias y pastoriles.

- Investigación, innovación, transferencia tecnológica y sociedad de la información.

- Prevención y gestión de riesgos naturales.

Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2020.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio de 2016) modificada puntualmente por la Orden/PRE/415/2018, de 2 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 49, de 9 de marzo de 2018), y por la Orden PRE/1623/2018, de 8 de octubre ("Boletín Oficial de Aragón", número 201, de 17 de octubre de 2018).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima de esta convocatoria asciende a 30.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria G/10040/1311/460008/91002, del Presupuesto de gastos del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y concluirá el 20 de marzo de 2020.

Las solicitudes se presentarán telemáticamente según el modelo publicado a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Sexto.- Otros datos.

La solicitud debe ir acompañada de toda la documentación acreditativa que se señala en los apartados 6, 7 y 8 del artículo 8 de la Orden de convocatoria, que deberá ser digitalizada y presentada junto con la solicitud como archivos anexos a la misma.

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