Subvenciones a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de proyectos de servicios dirigidos a jóvenes aragoneses

 26/02/2020
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Extracto de la Orden CDS/127/2020, de 13 de febrero, por la que se convocan subvenciones a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de proyectos de servicios dirigidos a jóvenes aragoneses durante el ejercicio 2020, cuya concesión corresponde al Instituto Aragonés de la Juventud (BOA de 25 de febrero de 2020). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN CDS/127/2020, DE 13 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERVICIOS DIRIGIDOS A JÓVENES ARAGONESES DURANTE EL EJERCICIO 2020, CUYA CONCESIÓN CORRESPONDE AL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD.

BDNS (Identif.): 495303

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) del la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extractode la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Entidades Locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril de Administración Local de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 45, de 17de abril de 1999).

Segundo.- Objeto.

Fomentar el arraigo de los jóvenes en el entorno local a través de ladinamización y vertebración social y económica por medio de la financiación deproyectos de juventud que incluyan actuaciones dirigidas a ellos.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las basesreguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio de 2016).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía disponible asciende a un importe máximo de103.450 €. Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar a una misma entidad será de un máximo de seis mil euros (6.000 €). La cuantía de la subvención será la máxima si el proyectoobtiene la máxima puntuación, disminuyendo en proporción a la puntuación obtenida. La cuantía individualizada de la subvención podrá ser del 100 por 100 del proyecto, por lo que no es exigible un porcentaje de financiación propia, siempre que el importe del mismo no supere los 6.000 € o la cuantía solicitada cuando sea inferior a esta cantidad.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días naturales desde el siguiente a la publicación de la Orden deconvocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

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