ANUNCIO DEL EXTRACTO DE CONVOCATORIA DE LA ORDEN 2140/2019, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DESTINADAS AL EQUIPAMIENTO DE SALAS DE TEATRO MUNICIPALES Y MUSEOS, SALAS DE EXPOSICIONES U OTROS ESPACIOS EXPOSITIVOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL PARA EL AÑO 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
BDNS: 493520
Primero
Beneficiarios
Municipios de la Comunidad de Madrid sin limitación de población, salvo Madrid capital y que no sean destinatarios de una subvención nominativa en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente, con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual.
Segundo
Objeto
Equipamiento de salas de teatro municipales y de museos, salas de exposiciones u otros espacios expositivos de titularidad municipal.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se reglamenta por la bases reguladoras aprobadas por la Orden 5/2019, de 9 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de febrero de 2019).
Cuarto
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 750.000 euros, que se distribuirán del siguiente modo: 150.000 euros, destinados a ayudas de equipamiento para museos, salas de exposiciones u otros espacios expositivos de titularidad municipal, que se harán efectivos con cargo a la partida 76309, del programa 333A y 600.000 euros destinados a ayudas para salas de teatro municipales, que se harán efectivos con cargo a la partida 76309, del programa 334A, ambos del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2020.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Período subvencionable
El período computable para la realización de las actividades subvencionables es desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 31 de octubre de 2020.
Séptimo
Justificación de la subvención
El plazo máximo para presentar la documentación justificativa es el 16 de noviembre de 2020.
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