Subvenciones en materia de inmigración, para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes para el año 2020

 27/12/2019
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Extracto de la Orden de 19 de diciembre de 2019, de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, por la que se convocan subvenciones en materia de inmigración, para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes para el año 2020 (BOCYL de 26 de diciembre de 2019). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 19 DE DICIEMBRE DE 2019, DE LA CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACCIÓN EXTERIOR, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN MATERIA DE INMIGRACIÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS INTEGRALES, DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES, ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE INMIGRANTES PARA EL AÑO 2020.

BDNS (Identif.): 488497

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A07/es/convocatoria/488497) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades locales, las entidades sin ánimo de lucro que contemplen entre sus fines la atención o integración de la población inmigrante y las asociaciones de inmigrantes asentadas en Castilla y León, de acuerdo con las características que se señalan en esta orden y en las que concurran las circunstancias que fundamenten la concesión de la subvención de acuerdo con esta convocatoria y con sus bases reguladoras.

Segundo.- Objeto.

Desarrollo de proyectos integrales destinados a facilitar la integración de la población inmigrante en Castilla y León.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Orden PRE/1105/2015, de 17 de diciembre, publicada en el B.O.C. y L. de 18 de diciembre de 2015. Modificada por Orden PRE/108/2017, de 23 de febrero y por Orden PRE/1115/2017, de 14 de diciembre.

Cuarto.- Cuantía.

La concesión de las subvenciones se hará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

a) Aplicación presupuestaria 01.03.231B08.4802V.00 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2020, con un importe de doscientos veinte mil euros (220.000 €).

b) Aplicación presupuestaria 01.03.231B08.46069.00 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2020, con un importe de sesenta y nueve mil euros (69.000 €).

Teniendo en cuenta aquellas provincias en las que en la fecha indicada en la convocatoria existen centros integrales de inmigración reconocidos, la distribución del crédito disponible se efectúa en función del número de centros integrales de inmigración existentes en cada provincia de Castilla y León por un lado y por otro de la población inmigrante de la provincia, en el caso de las entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes, o de la población inmigrante del municipio cuyos Ayuntamientos sean titulares de centros integrales, en el caso de las entidades locales. De este modo la distribución resulta ser la siguiente:

a) Entidades locales:

Provincia de Burgos: 8.500 euros.

Provincia de León: 20.000 euros.

Provincia de Valladolid: 35.500 euros.

Provincia de Zamora: 5.000 euros.

b) Entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes:

Provincia de Ávila: 7.500 euros.

Provincia de Burgos: 46.000 euros.

Provincia de León: 35.000 euros.

Provincia de Palencia: 5.500 euros.

Provincia de Salamanca: 21.000 euros.

Provincia de Segovia: 18.500 euros.

Provincia de Valladolid: 81.500 euros.

Provincia de Zamora: 5.000 euros.

El importe de cada subvención vendrá determinado por los siguientes criterios:

a) No podrá ser superior al importe establecido para la provincia a la que corresponda el beneficiario.

b) Únicamente respecto a las entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes, el importe de cada subvención no podrá exceder en ningún caso de 25.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación.

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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