Régimen de conciertos educativos, o la renovación o modificación de los mismos, para el curso académico 2020/21

 16/12/2019
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Resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Planificación y Centros, por la que se establece el calendario de actuaciones del procedimiento para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos, o la renovación o modificación de los mismos, para el curso académico 2020/21 (BOJA de 13 de diciembre de 2019). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2019, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ACTUACIONES DEL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ACOGERSE AL RÉGIMEN DE CONCIERTOS EDUCATIVOS, O LA RENOVACIÓN O MODIFICACIÓN DE LOS MISMOS, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2020/21.

La Orden de la Consejería de Educación de 30 de diciembre de 2016 establece las normas que regirán la convocatoria para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación de los mismos, a partir del curso académico 2017/18, de acuerdo con el artículo 116.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre , para la mejora de la calidad educativa, y con el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre .

La disposición adicional primera de la citada Orden establece que para acogerse al régimen de conciertos educativos , o modificar o renovar el concierto suscrito con anterioridad, a partir de un curso distinto al que se refiere la misma y en el ámbito temporal de duración de los conciertos recogido en su artículo 15, se estará a lo dispuesto en ella, de acuerdo con el calendario que para cada curso establezca por Resolución la Dirección General competente en materia de conciertos educativos.

Por ello, en virtud de las competencias que me otorga el Decreto 102/2019, de 2 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, modificado por el Decreto 579/2019, de 15 de octubre,

HE RESUELTO

Único. Establecer el calendario de actuaciones del procedimiento para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos, o la renovación o modificación de los mismos, para el curso académico 2020/21, que queda como sigue:

1. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse al régimen de conciertos educativos, o modificar o renovar el concierto suscrito con anterioridad, a partir del curso académico 2020/21, es el mes de enero de 2020.

2. Constitución y actuación de las Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos.

a) Las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas sociales y Conciliación constituirán, antes del 17 de enero de 2020, las Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos.

b) Las citadas Comisiones se reunirán cuantas veces resulte necesario, previa convocatoria de la presidencia, hasta el 11 de febrero de 2020, a fin de examinar y evaluar las solicitudes y memorias presentadas.

3. Determinación de la relación media de alumnos y alumnas por unidad.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.3 de la Orden de 30 de diciembre de 2016, las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas sociales y Conciliación determinarán antes del 31 de enero de 2020 la relación media de alumnos y alumnas por unidad escolar, teniendo en cuenta la existente en los centros públicos de la localidad o distrito en que esté situado el centro, la cual será comunicada a las Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos y hecha pública en el tablón de anuncios de las referidas Delegaciones Territoriales para conocimiento general.

4. Remisión de las solicitudes.

Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación remitirán a la Dirección General de Planificación y Centros, con anterioridad al 17 de febrero de 2020, un ejemplar de las solicitudes y de la documentación relativa a las mismas, así como la propuesta de la Comisión Provincial de Conciertos Educativos y el informe al que se refiere el artículo 11 de la Orden de 30 de diciembre de 2016.

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