LEY FORAL 27/2019, DE 9 DE DICIEMBRE, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO PARA SUBVENCIONAR A LAS ORGANIZACIONES UNIÓN DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE NAVARRA (UAGN) Y EUSKAL HERRIKO NEKAZARIEN ELKARTASUNA (EHNE) POR LA DEFENSA DE LOS INTERESES DE AGRICULTORES Y GANADEROS.
PREÁMBULO
En el presupuesto de gastos de 2019 del Servicio de Agricultura figuran las partidas 710002 71220 4819 412100 “Subvención a UAGN para la defensa de los intereses de agricultores y ganaderos” y 710002 71220 4819 412102 “Subvención a EHNE para la defensa de los intereses de agricultores y ganaderos”, con una dotación de 85.542 euros y 46.658 euros respectivamente.
La asignación presupuestaria consignada inicialmente en las partidas citadas se considera insuficiente para atender a las actuaciones de las organizaciones UAGN y ENHE en 2019, por lo que se plantea llevar a cabo un incremento de las dotaciones presupuestarias inicialmente previstas para poder financiar los gastos derivados de las acciones desarrolladas.
La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril , de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 que cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista el crédito, o el consignado sea insuficiente, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario y/o de suplemento de crédito.
Artículo 1. Suplementos de crédito.
Se conceden los siguientes suplementos de crédito del Presupuesto de Gastos de 2019:
a) En la partida presupuestaria 710002 71220 4819 412100 “Subvención a UAGN para la defensa de los intereses de agricultores y ganaderos” por un importe de 50.000 euros.
b) En la partida presupuestaria 710002 71220 4819 412102 “Subvención a EHNE para la defensa de los intereses de agricultores y ganaderos”, por un importe de 30.000 euros.
Artículo 2. Financiación de los suplementos de crédito.
La financiación de los suplementos de crédito se realizará con cargo a la partida presupuestaria 710001 71230 4819 414200 “Apoyo a las organizaciones profesionales agrarias para la difusión de la Política Agraria Común” por importe de 80.000 euros.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
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