Consejo de Administración del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León

 03/12/2019
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Decreto 42/2019, de 28 de noviembre, por el que se modifica la representación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el Consejo de Administración del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (BOCYL de 2 de diciembre de 2019). Texto completo.

DECRETO 42/2019, DE 28 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA REPRESENTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN.

El Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, se crea por Ley 19/2010, de 22 de diciembre , de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, asumiendo su actual denominación por la Ley 2/2017, de 4 de julio , de Medidas Tributarias y Administrativas.

El artículo 38 la citada Ley 19/2010, de 22 de diciembre, establece como uno de los órganos rectores del Instituto, el Consejo de Administración, señalando que su composición y funciones, se determinarán reglamentariamente.

El Reglamento vigente del Instituto, aprobado por el Decreto 67/2011, de 15 de diciembre , fijó en el primer inciso de su artículo 9.1 los representantes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el Consejo de Administración del Instituto.

Recientemente, el Decreto 2/2019, de 16 de julio , del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, establece una nueva organización departamental de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, asumiendo la Consejería de Empleo e Industria, entre otras, las competencias en materia de apoyo al sector industrial, comercio y consumo, ordenación ferial y artesanía no alimentaria, que antes eran competencia de la Consejería de Economía y Hacienda.

Con esta nueva distribución de competencias entre las Consejerías de Economía y Hacienda y de Empleo e Industria se considera oportuno adaptar la representación de la Administración de la Comunidad en el Consejo de Administración del Instituto a la reciente reestructuración de consejerías, manteniendo el mismo número de representantes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de noviembre de 2019

DISPONE:

Artículo único. Modificación de los representantes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el Consejo de Administración del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León.

1. Se modifica el primer inciso del artículo 9.1 del Reglamento General del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/2011, de 15 de diciembre , en lo que se refiere a los representantes de la Administración de la Comunidad, que queda redactado de la siguiente manera:

“- Por razón de su cargo y en representación de la Administración de la Comunidad:

El titular de la Consejería competente en materia de empleo e industria, que ejercerá de Vicepresidente del Consejo de Administración.

Hasta un máximo de seis representantes con rango, al menos, de Director General de las Consejerías competentes en materia de promoción económica y de empleo e industria, que serán designados por el titular de la Consejería competente en materia de promoción económica, a propuesta conjunta de los titulares de las consejerías citadas.

Un representante con rango, al menos, de Director General de cada una de las Consejerías competentes en materia de hacienda, de agricultura, de fomento, de educación y de industrias culturales y turismo, que serán designados por el titular de la consejería competente en materia de promoción económica, a propuesta de los titulares de la citadas consejerías.”

2. Se modifica el apartado 2 del artículo 9 del Reglamento General del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/2011, de 15 de diciembre , que queda redactado de la siguiente manera:

“2.- El Vicepresidente del Consejo de Administración sustituirá al Presidente en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.”

DISPOSICIÓN FINAL

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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