Creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020

 27/11/2019
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Orden de 19 de noviembre de 2019, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 3 de septiembre de 2018, por la que se convocan para 2018 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1) (BOJA de 26 de noviembre de 2019). Texto completo.

ORDEN DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2019, POR LA QUE SE FIJA UNA CUANTÍA ADICIONAL A LA PREVISTA EN LA ORDEN DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2018 LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN DE 26 DE JUNIO DE 2018, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DIRIGIDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS PARA LOS JÓVENES AGRICULTORES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 (SUBMEDIDA 6.1).

La Orden de 3 de septiembre de 2018, por la que se convocan para 2018 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1), establece el siguiente importe disponible para la convocatoria de ayudas 2018 en la siguiente partida presupuestaria:

2019: 1900110000 G/71B/77700/00 C12B0611G1 2016000578. Importe: 15.000.000 euros.

2020: 1900110000 G/71B/77700/00 C12B0611G1 2016000578. Importe: 15.000.000 euros.

Importe: 30.000.000 euros.

No obstante lo anterior, en el resuelvo primero apartado sexto de la Orden de convocatoria de 3 de septiembre de 2018, en base al artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo , se prevé la posibilidad de contar con una cuantía adicional, todo ello con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión y sin necesidad de una nueva convocatoria.

Habiéndose producido una ampliación de crédito de las anualidades futuras 2020 y 2021 debido a una reprogramación del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 financiado con FEADER, se dispone de un importe de 45.000.000 euros que permite realizar un aumento de la cuantía inicial de la convocatoria.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 3 de septiembre de 2018 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio ,

RESUELVO

Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible para la convocatoria 2018 de ayudas dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (submedida 6.1), por una cuantía adicional de cuarenta y cinco millones de euros (45.000.000 euros), con cargo a la partidas presupuestarias que se detallan a continuación, y sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni para publicar la resolución correspondiente:

2019: 1300110000 G/71B/77700/00 C12B0611G1 2016000578. Importe: 3.750.000 euros.

2020: 1300110000 G/71B/77700/00 C12B0611G1 2016000578. Importe: 22.500.000 euros.

2021: 1300110000 G/71B/77700/00 C12B0611G1 2016000578. Importe: 18.750.000 euros.

Importe: 45.000.000 euros.

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