Ayudas para el fomento de la acuicultura

 04/11/2019
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Orden 168/2019, de 25 de octubre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica el plazo de justificación de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden 156/2017, de 1 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la acuicultura en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 31 de octubre de 2019). Texto completo.

ORDEN 168/2019, DE 25 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE, POR LA QUE SE MODIFICA EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS AL AMPARO DE LA ORDEN 156/2017, DE 1 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA ACUICULTURA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Orden 156/2017, de 1 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, estableció las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la acuicultura en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. Por Resolución de 13/12/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, se convocaron las ayudas para el fomento de la acuicultura en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2018.

En la mencionada Orden 156/2017, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, se prevé, a propósito de la justificación del gasto realizado con cargo a las subvenciones concedidas, que las subvenciones en concepto de gastos relacionados con las actividades contempladas en el artículo 4.1 de la citada Orden, deberán ejecutarse y justificarse hasta el día 31 de octubre del año posterior a la convocatoria.

Resulta necesario ampliar el plazo de justificación de estas subvenciones, a la vista de la experiencia adquirida en la instrucción de la convocatoria aprobada mediante Resolución de 13 de diciembre de 2018 y de las dificultades que se han constatado respecto de los plazos que se requieren para ejecutar y disponer de la justificación adecuada para el pago de las ayudas.

Por todo ello, y en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 87/2019, de 16 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 156/2017, de 1 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la acuicultura en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Se modifica el apartado 1 del artículo 13 de la Orden 156/2017, de 1 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

“1. Las subvenciones en concepto de gastos relacionados con las actividades contempladas en el artículo 4.1 de la presente Orden, deberán ejecutarse y justificarse hasta el día 30 de noviembre del año posterior a la convocatoria.” Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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