Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 11 de julio de 2019

 18/10/2019
 Compartir: 

Sentencia de 11 de julio de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo 1/4480/2016, contra el Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas (BOE de 18 de octubre de 2019). Texto completo.

SENTENCIA DE 11 DE JULIO DE 2019, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, QUE ESTIMA EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 1/4480/2016, CONTRA EL REAL DECRETO 21/2016, DE 15 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PLANES DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE LAS CUENCAS INTERNAS DE ANDALUCÍA: DEMARCACIONES HIDROGRÁFICAS DEL TINTO, ODIEL Y PIEDRAS; GUADALETE Y BARBATE; Y CUENCAS MEDITERRÁNEAS ANDALUZAS.

En el recurso contencioso-administrativo número 4480/2016, promovido por la entidad Gestión de Inmuebles Adquiridos, S.L.U., contra el Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 11 de julio de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución , esta Sala ha decidido,

Estimar el recurso contencioso administrativo número 4480/2016, interpuesto por la representación procesal de Gestión de Inmuebles Adquiridos S.L., contra el Real Decreto 21/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras, en relación con el Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica de las Cuentas Mediterráneas Andaluzas y del Guadalete y Barbate, declarándose nula dicha disposición por ser contraria al ordenamiento jurídico. Sin costas.

Notifíquese esta resolución a las partes interesadas e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.-José Manuel Sieira Míguez.-Octavio Juan Herrero Pina.-Juan Carlos Trillo Alonso.-Inés Huerta Garicano.-César Tolosa Tribiño.-Francisco Javier Borrego Borrego.-Firmado.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana