Reforma del Reglamento de la Asamblea de Extremadura

 18/10/2019
 Compartir: 

Reforma del Reglamento de la Asamblea de Extremadura, aprobada por el Pleno de la Cámara en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2019 (DOE de 17 de octubre de 2019). Texto completo.

REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA, APROBADA POR EL PLENO DE LA CÁMARA EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2019.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El modelo de administración parlamentaria, común en la práctica totalidad de los parlamentos autonómicos, así como en las Cortes Generales, está construido sobre la existencia de una Secretaría General, al frente de la misma se encuentra el Secretario/a General o Letrado/a Mayor. Con la presente reforma se pretende, de un lado, mantener la neutralidad de quienes puedan ostentar la secretaría general, vetando a aquellos que hayan desempeñado cargo público o de naturaleza eventual durante un determinado periodo de tiempo, y de otro, hacer coincidir dicho espacio temporal con las legislaturas de la Asamblea de Extremadura, de tal modo que la persona que ostente la condición de Letrado/a Mayor de la Cámara, no habrá ocupado cargo público o eventual en las dos legislaturas anteriores a su nombramiento.

Artículo único.

Se modifica el párrafo tercero del artículo 113 del Reglamento de la Asamblea de Extremadura, que queda redactado en los siguientes términos:

Apartado 3.

“El letrado/a mayor y secretario/a general será nombrado/a por la Mesa a propuesta de la presidencia de la Cámara, por los procedimientos legalmente previstos y entre funcionarios/ as con la categoría de Letrados o Técnicos Superiores Especialidad Jurídica, de la Asamblea de Extremadura o de la Administración Autonómica de Extremadura, siempre que lleven en servicio activo en dicha categoría o especialidad, al menos, un periodo de diez años y no hayan ocupado cargo público o de naturaleza eventual en las dos legislaturas de esta Cámara anteriores a su nombramiento”.

Disposición final única.

La presente reforma del Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura. También se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  4. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  5. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  6. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana