Suplemento de crédito

 01/10/2019
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Ley Foral 23/2019, de 24 de septiembre, de concesión de un suplemento de crédito para la habilitación del nuevo Juzgado de Familia en Pamplona Instancia número 10 (BON de 30 de septiembre de 2019). Texto completo.

LEY FORAL 23/2019, DE 24 DE SEPTIEMBRE, DE CONCESIÓN DE UN SUPLEMENTO DE CRÉDITO PARA LA HABILITACIÓN DEL NUEVO JUZGADO DE FAMILIA EN PAMPLONA INSTANCIA NÚMERO 10.

PREÁMBULO

El Consejo de Ministros aprobó en el mes de marzo la creación de nuevas unidades judiciales, Juzgados, en todo el territorio del Estado, correspondiendo a Navarra el nuevo Juzgado de Instancia número 10, para asuntos de familia, conforme a la solicitud formulada al CGPJ por el TSJ de Navarra.

Por Orden Ministerial del 11 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 16 de julio, se fija el calendario de entrada en vigor de los Juzgados, siendo el 30 de noviembre la fecha indicada para el nuevo Juzgado en Navarra.

Se ha constatado la insuficiencia de las consignaciones presupuestarias del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para atender las necesidades de financiación de las obras necesarias para la habilitación del nuevo Juzgado de Familia Instancia número 10, en Pamplona.

La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril , de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48, párrafo primero, que cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y el crédito sea insuficiente, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un suplemento de crédito. Asimismo en su párrafo segundo dispone que el suplemento de crédito pueda financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto, incluso provenientes de créditos específicamente aprobados por el Parlamento como consecuencia de enmiendas o de disposiciones de esta ley foral.

Artículo 1. Concesión de suplemento de crédito.

Se concede un suplemento de crédito por importe de 110.000 euros para atender necesidades de financiación de las obras de habilitación del Juzgado de Instancia número 10 de Pamplona.

Este suplemento de crédito se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias:

Tabla omitida.

Artículo 2. Financiación del Suplemento de crédito.

La financiación de este suplemento de crédito se realizará con cargo al crédito disponible en la partida presupuestaria:

Tabla omitida.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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