Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos

 03/09/2019
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Orden de 27 de junio 2019, por la que se convoca, para el ejercicio 2019, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos para los clubes y secciones deportivas de Andalucía (ECD) (BOJA de 2 de septiembre de 2019). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE JUNIO 2019, POR LA QUE SE CONVOCA, PARA EL EJERCICIO 2019, LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DIRIGIDAS A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS PARA LOS CLUBES Y SECCIONES DEPORTIVAS DE ANDALUCÍA (ECD).

La Consejería de Turismo y Deporte, mediante Orden de 14 de septiembre de 2016, estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos para los clubes y secciones deportivas de Andalucía (ECD) (BOJA núm. 180, de 19.9.2016).

La disposición adicional única de la citada orden establece que las convocatorias anuales para la concesión de subvenciones se efectuarán mediante sucesivas órdenes de la persona titular de la Consejería competente en materia de deporte, en las que además del plazo de presentación de solicitudes, se aprobarán el formulario de solicitud y el formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos.

En virtud de lo establecido en la Orden de 14 de septiembre de 2016, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el artículo 118 del Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo , y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 102/2019, de 12 de febrero , por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,

DISPONGO

Artículo 1. Convocatoria.

Se convoca, para el ejercicio 2019, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos para los clubes y secciones deportivas de Andalucía, con la finalidad de dotar a los mismos del material necesario para el desarrollo de la práctica deportiva en Andalucía (ECD). La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 14 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos para los clubes y secciones deportivas de Andalucía (ECD).

Artículo 2. Financiación de la convocatoria.

La línea de subvenciones dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos para los clubes y secciones deportivas de Andalucía se financiará con cargo a la siguiente partida presupuestaria:

Tabla omitida.

Se establece el siguiente desglose de la partida presupuestaria, de ámbito provincial:

Tabla omitida.

Artículo 3. Aprobación de los formularios.

Se aprueban los formularios que se indican y que constan como anexos a la presente orden, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación:

a) Formulario de solicitud (Anexo I).

b) Formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos (Anexo II).

Se podrá acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones en la web: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index.

Artículo 4. Solicitudes y plazo de presentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Si durante el plazo de presentación una entidad interesada presentase varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última registrada en plazo anula a todas las anteriores.

2. Las solicitudes deberán cumplimentarse exclusivamente a través del acceso establecido a tal efecto en la siguiente dirección http://www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte/opencms/oficina-virtual/, irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b), y se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c), ambos del Cuadro Resumen de las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 14 de septiembre de 2016.

Artículo 5. Cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

En cumplimento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, cuya aplicación se regula a través de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, será obligatorio por parte de la entidad solicitante de la subvención o ayuda, la aportación de declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales.

Artículo 6. Efectos.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

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