Estructura básica del Departamento de Cultura y Deporte

 19/08/2019
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Decreto Foral 97/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Cultura y Deporte (BON de 16 de agosto de 2019). Texto completo.

DECRETO FORAL 97/2019, DE 14 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA Y DEPORTE

Por el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto , se ha establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento. En consecuencia, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El artículo 30.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que cada Departamento se estructura en una o varias Direcciones Generales y en una Secretaría General Técnica, que dependen directamente de la persona titular del mismo.

Por otra parte, el artículo 31.2 de la mencionada Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, señala que la creación, modificación, agrupación y supresión de Direcciones Generales, así como la determinación del área o áreas a las que se extenderá la competencia de cada una de ellas, corresponde al Gobierno de Navarra, mediante decreto foral, a propuesta de la persona titular del respectivo Departamento.

A su vez, el artículo 46.2 de la referida Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, establece que los organismos autónomos estarán adscritos a un Departamento o a una Dirección General.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de agosto de dos mil diecinueve,

DECRETO:

Artículo único.-Estructura básica del Departamento de Cultura y Deporte.

El Departamento de Cultura y Deporte, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

a) Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.

b) Secretaría General Técnica.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Disposición transitoria primera.-Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

Hasta tanto no se proceda a la modificación del organismo autónomo Instituto Navarro de Deporte y Juventud y la creación del organismo autónomo Instituto Navarro de Juventud, en la forma establecida en el artículo 48 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, para dar cumplimiento a la distribución competencial establecida en el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto , por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, dicho Instituto permanece con su denominación actual adscrito al Departamento de Cultura y Deporte.

Disposición transitoria segunda.-Subsistencia de normas.

En tanto no se proceda al desarrollo de la estructura orgánica del Departamento a nivel de Servicios y Secciones será de aplicación, en cuanto no se oponga al contenido del presente decreto foral, lo dispuesto en el Decreto Foral 199/2015, de 9 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Disposición derogatoria única.-Derogación normativa.

Quedan derogados el Decreto Foral 58/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto foral.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitaciones.

Se habilita a las personas titulares de los Departamentos de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y de Economía y Hacienda para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.

Disposición final segunda.-Vigencia.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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