Creación y regulación de la Medalla Emilia Pardo Bazán

 14/08/2019
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Orden de 2 de agosto de 2019 por la que se desarrolla el Decreto 53/2019, de 23 de mayo, por el que se crea y se regula la Medalla Emilia Pardo Bazán para el reconocimiento de acciones relevantes a favor de la igualdad entre mujeres y hombres (DOG de 13 de agosto de 2019). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE AGOSTO DE 2019 POR LA QUE SE DESARROLLA EL DECRETO 53/2019, DE 23 DE MAYO, POR EL QUE SE CREA Y SE REGULA LA MEDALLA EMILIA PARDO BAZÁN PARA EL RECONOCIMIENTO DE ACCIONES RELEVANTES A FAVOR DE LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

El día 31 de mayo de 2019 se publicó en el DOG número 102 el Decreto 53/2019, de 23 de mayo , por el que se crea y se regula la Medalla Emilia Pardo Bazán para el reconocimiento de acciones relevantes en a favor de la igualdad entre mujeres y hombres, con la finalidad de reconocer públicamente las acciones desarrolladas en la Comunidad Autónoma de Galicia por parte de personas, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas, que hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

El Decreto 53/2019 prevé la concesión, con carácter anual, de hasta un máximo de tres condecoraciones, bajo la denominación Medalla Emilia Pardo Bazán, que revestirán la forma de medalla cuando se otorguen a título individual, y de placa cuando se otorguen a colectivos, entidades o instituciones. La concesión de cualquiera de las condecoraciones bajo la denominación Medalla Emilia Pardo Bazán tiene carácter exclusivamente honorífico, dará derecho a un diploma acreditativo y no lleva consigo ningún tipo de dotación económica.

La disposición final primera del Decreto 53/2019 faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de igualdad para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del decreto, tanto en lo que se refiere al diseño y características de la medalla, de la placa y del diploma acreditativo, como para la determinación del número de condecoraciones o inclusión de otras nuevas, así como en aquellos otros aspectos que se deriven de su concesión.

En consecuencia, de acuerdo con dicha habilitación normativa, mediante esta orden se procede a establecer el diseño y las características de la medalla, de la placa y del diploma acreditativo previstos en el Decreto 53/2019 .

Por todo lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

El objeto de esta orden es establecer el diseño, las características y las dimensiones de la medalla, de la placa y del diploma acreditativo previstos en el Decreto 53/2019, de 23 de mayo , por el que se crea y regula la Medalla Emilia Pardo Bazán para el reconocimiento de acciones relevantes en pro de la igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 2. Diseño, características y dimensiones

El diseño, dimensiones y características distintivas de la medalla, de la placa y del diploma previstos en el Decreto 53/2019, de 23 de mayo , por el que se crea y regula la Medalla Emilia Pardo Bazán para el reconocimiento de acciones relevantes en pro de la igualdad entre mujeres y hombres, figuran en los anexos de esta orden, relacionados de la siguiente manera:

Anexo I. Medalla Emilia Pardo Bazán.

Anexo II. Placa cuando sea otorgada a entidades o a título colectivo.

Anexo III. Diploma para las respectivas condecoraciones.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

ANEXOS OMITIDOS

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