Plantilla Orgánica de la Administración

 02/08/2019
 Compartir: 

Decreto Foral 79/2019, de 3 de julio, por el que se modifica la Plantilla Orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 1 de agosto de 2019). Texto completo.

DECRETO FORAL 79/2019, DE 3 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su Plantilla Orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General del Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día tres de julio de dos mil diecinueve,

DECRETO:

Artículo único.-Creación de plazas de la Plantilla Orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La Plantilla Orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA, INTERIOR Y JUSTICIA

DIRECCIÓN GENERAL DE PRESIDENCIA Y GOBIERNO ABIERTO

-Una vacante de Auxiliar Administrativo, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10724.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana