Importes mínimos para dar de baja o anular derechos económicos de baja cuantía

 24/07/2019
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Orden de 19 de julio de 2019, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se anula la Orden de 9 de julio de 2019, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se concretan los supuestos y se fijan los importes mínimos para dar de baja o anular derechos económicos de baja cuantía (BOPV de 23 de julio de 2019). Texto completo.

ORDEN DE 19 DE JULIO DE 2019, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y ECONOMÍA, POR LA QUE SE ANULA LA ORDEN DE 9 DE JULIO DE 2019, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y ECONOMÍA, POR LA QUE SE CONCRETAN LOS SUPUESTOS Y SE FIJAN LOS IMPORTES MÍNIMOS PARA DAR DE BAJA O ANULAR DERECHOS ECONÓMICOS DE BAJA CUANTÍA.

Debido a un error en la tramitación, se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, de fecha 19 de julio de 2019, la Orden de 9 de julio de 2019, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se concretan los supuestos y se fijan los importes mínimos para dar de baja o anular derechos económicos de baja cuantía.

Por tanto, en aras de una mayor seguridad jurídica, procede anular la citada Orden publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, número 137, de 19 de julio de 2019.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo único.- Anular la Orden de 9 de julio de 2019, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se concretan los supuestos y se fijan los importes mínimos para dar de baja o anular derechos económicos de baja cuantía.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden tendrá efectos retroactivos desde el día 19 de julio de 2019.

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