Plan estratégico del Cuerpo de Agentes Rurales para el periodo 2019-2024

 19/07/2019
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Acuerdo GOV/107/2019, de 16 de julio, en relación con el Plan estratégico del Cuerpo de Agentes Rurales para el periodo 2019-2024 (DOGC de 18 de julio de 2019) Texto completo.

ACUERDO GOV/107/2019, DE 16 DE JULIO, EN RELACIÓN CON EL PLAN ESTRATÉGICO DEL CUERPO DE AGENTES RURALES PARA EL PERIODO 2019-2024

Preámbulo

El artículo 144 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que la Generalidad ejerce sus competencias mediante el Cuerpo de Agentes Rurales, competentes en la vigilancia, el control, la protección, la prevención integral y la colaboración en la gestión del medio ambiente. Los miembros de este Cuerpo tienen la condición de agentes de la autoridad y ejercen funciones de policía administrativa especial y policía judicial, en los términos que establece la ley.

Un aspecto fundamental para garantizar el derecho a un medio ambiente adecuado es la protección de la naturaleza y el control de su gestión, de manera que las administraciones públicas han de llevar a cabo políticas de fomento de la biodiversidad y de protección de los ecosistemas naturales para hacer compatibles estos valores con los derechos que tiene la ciudadanía a disfrutar y ejercer sus actividades económicas, especialmente en lo referente al sector agrario y al mundo rural.

A día de hoy, es necesario profundizar en la experiencia alcanzada para dotar al Cuerpo de Agentes Rurales de una nueva manera de actuar que configure un régimen de vigilancia y de colaboración en la gestión, de control y de inspección del medio natural eficaz y fundamentado en los principios de corresponsabilización, sostenibilidad y educación ambiental de toda la ciudadanía, bajo el criterio de alcanzar el máximo grado de calidad y eficiencia en el desempeño de las funciones que tiene encomendadas.

En este sentido, hay que dar un nuevo impulso al Cuerpo de Agentes Rurales para que se convierta en una estructura de Estado al servicio de la ciudadanía, y es por ello que el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación ha trabajado en la elaboración de un marco estratégico que actúe como hoja de ruta para el desarrollo futuro del Cuerpo de Agentes Rurales.

El Plan estratégico tiene como objetivo definir la estrategia de desarrollo del Cuerpo de Agentes Rurales con el fin de identificar las carencias actuales para poder plantear soluciones y planificar las mejoras necesarias que hay que sacar adelante en los próximos años, y dar el impulso necesario para que el Cuerpo de Agentes Rurales pueda desarrollar sus funciones de servicio público, en cuanto a la preservación del medio ambiente, con un alto grado de calidad, profesionalidad y efectividad.

El Plan estratégico se estructura en ocho ejes de actuación que deben dar respuesta a la misión de velar por la protección del medio ambiente de Catalunya, ejercer actividades de vigilancia, control, protección y prevención integrales del medio ambiente y al mismo tiempo colaborar en la gestión, la investigación, la información y el asesoramiento a la ciudadanía.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, el Gobierno

Acuerda:

1. Aprobar el Plan estratégico del Cuerpo de Agentes Rurales para el periodo 2019-2024, que se adjunta como anexo de este Acuerdo. La valoración económica de la inversión necesaria para llevar a cabo la globalidad del Plan estratégico es de cincuenta y cuatro millones novecientos cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve euros y treinta céntimos (54.951.499,30 euros).

2. Encomendar a los departamentos de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda; de Políticas Digitales y Administración Pública, y de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación que adopten las medidas presupuestarias de función pública y de cualquier otra naturaleza necesarias para el desarrollo del Plan en el periodo 2019 -2024.

3. Autorizar la consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación a impulsar las diferentes líneas estratégicas o programas de actuación que integran dicho Plan estratégico y a efectuar su seguimiento.

4. Disponer la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, salvo el anexo, que se puede consultar en el web del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (www.agricultura.gencat.cat).

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