Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería

 01/07/2019
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Acuerdo de 30 de mayo de 2019, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por el que se aprueba la modificación del Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería (BOPV de 28 de junio de 2019). Texto completo.

ACUERDO DE 30 DE MAYO DE 2019, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE MEDICINA Y ENFERMERÍA.

1.- En sesión de 29 de enero de 2019, la Junta de la Facultad de Medicina y Enfermería acordó modificar el Reglamento del Centro (BOPV de 14 de octubre de 2016) para la incorporación de la Unidad Docente de Galdakao-Usansolo.

2.- La modificación propuesta cuenta con el correspondiente informe de legalidad.

3.- Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar definitivamente las modificaciones de los Reglamentos de los Centros.

Por lo expuesto, a propuesta del Secretario General, el Consejo de Gobierno

ACUERDA:

Primero.- Modificar el artículo 8.5 del Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería de la UPV/EHU, que quedará redactado como sigue:

“Directoras o Directores médicos de los hospitales en los que están integradas las Unidades docentes, o persona en la que deleguen”.

Segundo.- Modificar el apartado 1 de la Disposición Adicional del Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería de la UPV/EHU, que quedará redactado como sigue:

“1.- La Facultad de Medicina y Enfermería cuenta con 5 Unidades Docentes de Medicina distribuidas de la siguiente forma:

- En el Campus de Álava la Unidad Docente de Gasteiz, sita en c/ José Atxotegi, s/n.- 01009 Vitoria-Gasteiz.

- En el Campus de Bizkaia la Unidad Docente de Basurto, sita en la Calle Guturbay s/n, 48013 Bilbao, la Unidad Docente de Cruces, cuya dirección es Plaza de Cruces 12, 48903 Barakaldo y la Unidad Docente de Galdakao-Usansolo en Barrio Labeaga, n.º 46A 48960 Galdakao.

- En el Campus de Gipuzkoa la Unidad Docente de Donostia-San Sebastián localizada en Paseo Doctor Begiristain, 105, 20014 San Sebastián.”.

Tercero.- Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.- La modificación del Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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