Modificación del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo

 10/06/2019
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Real Decreto 372/2019, de 7 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey (BOE de 8 de junio de 2019). Texto completo.

REAL DECRETO 372/2019, DE 7 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 434/1988, DE 6 DE MAYO, SOBRE REESTRUCTURACIÓN DE LA CASA DE SU MAJESTAD EL REY

A tenor de lo establecido en el artículo 65 de la Constitución, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, se ha comunicado al Gobierno la necesidad de suprimir la Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos, tras haber expresado a Su Majestad el Rey su voluntad de dejar de realizar actividades institucionales desde el pasado día 2 de junio, fecha en la que se cumplió el quinto aniversario de su abdicación de la Corona de España.

Como consecuencia, procede modificar el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo , sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, con el fin de suprimir el órgano de apoyo y asistencia de que actualmente dispone S. M. el Rey Don Juan Carlos para el ejercicio de sus funciones representativas.

En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de junio de 2019,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey.

Se modifica el apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, que queda redactado como sigue:

“3. La Secretaría General se estructura en las siguientes Unidades:

Gabinete de Planificación y Coordinación.

Secretaría de Su Majestad la Reina.

Servicio de Seguridad.

Comunicación.

Protocolo.

Administración, Infraestructura y Servicios.”

Disposición adicional única. Supresión de órganos.

Se suprime la Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos en la Secretaría General de la Casa de Su Majestad el Rey.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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