RESOLUCIÓN DE 14 DE MAYO DE 2019, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS ANDALUCÍA SOBRE MIGRACIONES EN SU DECIMOQUINTA EDICIÓN.
La Orden de 4 de septiembre de 2014 aprobó las bases reguladoras y convocó la XI edición de los Premios Andalucía sobre Migraciones, regulando el procedimiento de concesión de los Premios Andalucía sobre Migraciones, que se otorgan a aquellas actividades que mejor contribuyan a fomentar la interculturalidad y la diversidad cultural y social existente en Andalucía en el marco de la igualdad plena de género, así como a sensibilizar a nuestra sociedad en una convivencia de enriquecimiento mutuo y a favorecer la plena integración social de las personas extranjeras en nuestra Comunidad.
En la misma se establece que los Premios Andalucía sobre Migraciones se componen de las siguientes modalidades:
a) Modalidad Medios de Comunicación.
b) Modalidad Producción Artística.
c) Modalidad Buenas Prácticas de Inserción Sociolaboral.
d) Modalidad Programas Educativos de Fomento de la Interculturalidad.
e) Modalidad Programas de Sensibilización Social y/o de Interculturalidad en la Red.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la referida Orden de 4 de septiembre de 2014, esta Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias
RESUELVE
Primero. Convocar la XV Edición de los Premios Andalucía sobre Migraciones, con la regulación y el procedimiento previsto en la Orden de 4 de septiembre de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía sobre Migraciones.
Segundo. El plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria será desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 4 de junio de 2019.
Tercero. Su financiación se efectuará con cargo al crédito presupuestario asignado para el año 2019 en una cuantía máxima estimada de 15.000 euros, en las partidas presupuestarias que se indican a continuación:
0900010000 G/31J/441.02/00 y/ó 0900010000 G/31J/446.00/00:3.000€.
0900010000 G/31J/461.00/00:3.000€.
0900010000 G/31J/471.02/00:3.000€.
0900010000 G/31J/481.02/00:3.000€.
0900010000 G/31J/481.02/00:3.000€.
De acuerdo con el artículo 9.4 de la orden por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial: “Cuando la cuantía total máxima de la convocatoria se distribuya entre distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto, de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaleza jurídica de las posibles personas o entidades beneficiarias no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la concesión. El órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver”.
Cuarto. Se concederá a cada una de las modalidades un único premio, cuya cantidad será de 3.000 euros cada una. Dicho premio se hará efectivo mediante un único libramiento por su totalidad, que se ingresará en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria del premio una vez comunicado la concesión del mismo.
Quinto. Plazo. Para optar a los premios, los trabajos presentados en las modalidades previstas en la Orden de 4 de septiembre de 2014 habrán sido publicados, emitidos o producidos durante los años 2017 y 2018.
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