RESOLUCIÓN DE 8 DE MARZO DE 2019, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES DE MÚSICA EN EL CURSO ESCOLAR 2018/2019 (EXTRACTO)
BDNS: 443373
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Beneficiarios
Las Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja que sean titulares de Escuelas Municipales de Música, estén constituidas de acuerdo a la legislación vigente e inscritas en el Registro correspondiente.
Segundo.- Objeto
Subvenciones para la financiación parcial de los gastos generales de las Escuelas Municipales de Música de la Comunidad Autónoma de La Rioja generados en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 30 de junio de 2019.
Tercero.- Bases reguladoras
Orden 3/2007, de 7 de febrero de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción educativa (BOR n.º 22, de 15 de febrero).
Cuarto.- Importe
Importe total de 27.000,00 euros. Importe máximo por beneficiario: 4.500,00 euros y nunca podrá ser superior al coste de los gastos de funcionamiento de la Escuela Municipal de Música.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes
Doce días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto.- Otros datos de interés
Solicitudes: vía telemática (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=11128)
- Documentación: la prevista en la base tercera de la Resolución de convocatoria.
- Forma de pago: Para la percepción de la ayuda económica concedida, las entidades beneficiarias deberán presentar la justificación económica de los gastos ocasionados en la realización de cada una de las actividades subvencionadas.
- Plazo de justificación: Según lo previsto en la base octava de la convocatoria el último día del plazo será el 31 de julio de 2019.
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