EXTRACTO DE LA ORDEN 250/2019, DE 27 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL EQUIPAMIENTO Y LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EN LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS CORRESPONDIENTE A 2019.
BDNS (Identif.): 442138
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero
Beneficiarios
Municipios con población comprendida entre los 1.500 y los 250.000 habitantes, que cuenten con un centro bibliotecario de titularidad municipal o con un proyecto para su creación y que además cumplan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.
Segundo
Objeto
El equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas municipales. La convocatoria de 2019 se limita a las siguientes líneas de actuación:
- 275.000 euros para mobiliario y dotación de equipos informáticos con destino a bibliotecas de nueva creación y a bibliotecas para las que exista un proyecto de ampliación, remodelación o traslado.
- 25.000 euros para bienes de inversión consistentes en equipamiento, dispositivos, dotación tecnológica y materiales para la puesta en marcha de nuevos servicios bibliotecarios, así como para la modernización tecnológica de las bibliotecas en funcionamiento y para la mejora de la gestión de los procesos bibliotecarios.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 180/2017, de 27 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 10 de febrero de 2017), modificada por Orden 167/2017, de 14 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre de 2017).
Cuarto
Cuantía
300.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Otros datos
Los proyectos a subvencionar deberán haberse realizado en el período comprendido entre el 16 de noviembre de 2018 y el último día de justificación de la subvención.
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