Modificación de la Estructura de la Organización Central

 07/03/2019
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Acuerdo de 5 de febrero de 2019, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se modifica la Estructura de la Organización Central (BOPV de 6 de marzo de 2019). Texto completo.

ACUERDO DE 5 DE FEBRERO DE 2019, DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN CENTRAL.

En virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud y, en particular, de su Disposición Adicional Primera, a tenor de la cual “a partir de la constitución de los órganos rectores y de gestión (...) podrán adoptarse los acuerdos que requiera la estructura y organización del personal”.

Considerando que la previsión de importantes y complejos procesos de selección y provisión de personal en los próximos años, hacen patente la necesidad de fortalecer y especializar el área de selección y provisión de la Organización Central.

Considerando que para alcanzar dicho objetivo y aportar una mayor adecuación, eficacia, eficiencia, mayor seguridad jurídica y transparencia, se considera necesario la creación, en la Dirección de Recursos Humanos de una Subidrección especializada de Selección y Provisión de personal, con el fin de integrar la política de selección como un proceso estratégico en un nuevo modelo innovador de gestión de los recursos humanos.

Este Consejo de Administración, en el marco de los fines expuestos y, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 8.5 de los Estatutos Sociales, viene a adoptar el siguiente

ACUERDO

Primero.- Aprobar la propuesta presentada por el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que modifica la estructura actual vigente de la Organización Central en relación con la estructuración de la Dirección de Recursos Humanos y que se adjunta como anexo.

Segundo.- Autorizar a la Dirección General de Osakidetza a adoptar las medidas que, en el ámbito de sus competencias correspondan, para desarrollar y materializar la nueva estructura conforme a la memoria de reorganización de la dirección corporativa de recursos humanos presentada a este Consejo de Administración.

Tercero.- Queda sin vigencia cualquier otra estructura organizativa que no sea la aprobada por el presente Acuerdo o documento que lo desarrollo.

Cuarto.- El presenta Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su aprobación. No obstante se comunicará a cada Subdirección a los efectos oportunos de conocimiento y divulgación.

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