Subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre

 04/03/2019
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Resolución de 21 de febrero de 2019, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre (extracto) (BOR de 1 de marzo de 2019) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE FEBRERO DE 2019, DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIA, IGUALDAD Y JUSTICIA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES RIOJANAS PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE TIEMPO LIBRE (EXTRACTO)

BDNS: 441701

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index.es)

Primero.- Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las Entidades Locales y, organismos dependientes de las mismas, comprendidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 1% del total de puntos posible.

Segundo.- Objeto:

La financiación de gastos de naturaleza corriente destinados a la promoción y participación en actividades deportivas de tiempo libre.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva, de 8 de marzo, (BOR número 25, de 22 de febrero de 2007).

Cuarto.- Cuantía:

Un importe total de veintisiete mil veinte euros (27.020 euros) distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:

2019 20.03 3411 461.00: 26.420 euros

2019 20.03 3411 462.01: 600 euros

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto.- Otros datos de interés:

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja

(http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=18409)

Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación: La prevista en el apartado noveno de la resolución de 21 de febrero de 2019, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.

Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado duodécimo de la resolución de 21 de febrero de 2019, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.

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