Formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante las formas de ingreso sin titulación previa

 26/02/2019
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Orden DEF/178/2019, de 18 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/286/2016, de 23 de febrero, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante las formas de ingreso sin titulación previa (BOE de 26 de febrero de 2019). Texto completo.

ORDEN DEF/178/2019, DE 18 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DEF/286/2016, DE 23 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBA EL CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA LA INTEGRACIÓN EN EL CUERPO GENERAL DEL EJÉRCITO DE TIERRA MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO SIN TITULACIÓN PREVIA.

El Real Decreto 595/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo , establece una nueva especialidad fundamental para la Escala de Oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, lo que obliga a desarrollar un nuevo currículo que otorgue las competencias establecidas por el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra para la mencionada especialidad y que se integre con los módulos, materias y asignaturas del resto de especialidades fundamentales del Cuerpo General del Ejército de Tierra.

Así mismo, el Real Decreto 595/2016, de 2 de diciembre, establece en su disposición adicional primera que a los alumnos de la enseñanza de formación para acceso a la Escala de Oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, que todavía no hayan elegido especialidad fundamental, se les podrá ofertar la especialidad fundamental de “Aviación del Ejército de Tierra”.

Durante su tramitación, se dio conocimiento del proyecto de esta orden ministerial a las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.b) de la citada ley orgánica, ha tenido conocimiento y ha sido oído el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo Único. Modificación del currículo de la enseñanza de formación de oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante las formas de ingreso sin titulación previa, aprobado por la Orden DEF/286/2016, de 23 de febrero.

El currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante las formas de ingreso sin titulación previa, aprobado por la Orden DEF/286/2016, de 23 de febrero , queda modificado de la siguiente manera:

Uno. Se añaden los siguientes cuadros al artículo 2:

Tablas omitidas.

Dos. Se añade un nuevo párrafo al apartado a) del artículo 3, con la siguiente redacción:

“A aquellos alumnos que accedan a la especialidad fundamental de Aviación del Ejército de Tierra procedentes de ingreso por promoción y que ostentan las competencias correspondientes como piloto de helicópteros del Ejército de Tierra, obtenidas mediante la enseñanza de formación o de perfeccionamiento, les serán reconocidos los créditos de las asignaturas de la especialidad fundamental de Aviación del Ejército de Tierra que puedan corresponder, respetando la normativa universitaria y el resto de normativa aplicable a estos casos.”

Tres. Se añaden los siguientes cuadros al artículo 4:

Tablas omitidas.

Disposición final primera. Calendario de aplicación.

La modificación que se aprueba se implantará a partir del curso académico 2019/2020.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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