RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 344-2019, CONTRA LA LEY 21/2018, DE 16 DE OCTUBRE, DE LA GENERALITAT, DE MANCOMUNIDADES DE LA COMUNITAT VALENCIANA, EN LOS ARTÍCULOS 2.3, 12, 13 A 17, 36, 50 APARTADOS 2, 3, 4 Y 5, DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA PÁRRAFO SEGUNDO Y ANEXO.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 344-2019, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular, contra la Ley 21/2018, de 16 de octubre , de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, en los artículos 2.3, 12, 13 a 17, 36, 50 apartados 2, 3, 4 y 5, disposición transitoria única párrafo segundo y anexo.
Madrid, 12 de febrero de 2019.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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