ORDEN FORAL 7E/2019, DE 8 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE DERECHOS SOCIALES, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA EL AÑO 2019 DESTINADA A AYUDAS PARA PROYECTOS DE EMPLEO SOCIAL PROTEGIDO. IDENTIFICACIÓN BDNS: 439126.
La Ley Foral 15/2006, de 14 diciembre , de Servicios Sociales, contempla dentro de sus objetivos el mejorar la calidad de vida y promover la normalización, participación e integración social, política, económica, laboral, cultural y educativa de todas las personas, favorecer la convivencia de las personas y de los colectivos, fomentar la cohesión social y la solidaridad, así como prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas y de los grupos.
Culminando este desarrollo normativo la Cartera de Servicios Sociales aprobada por el Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio recoge entre las prestaciones no garantizadas en el área de la inclusión social el desarrollo de proyectos de Empleo Social Protegido.
Asimismo la política de cohesión de la Unión Europea 2014-2020 ejercerá un papel primordial como palanca para la inversión, el crecimiento y el empleo en los diferentes Estados Miembros. En particular, el Fondo Social Europeo es el instrumento que se enfocará hacia la creación y mejora de empleo, a la educación y mejora del capital humano, y a la integración sociolaboral de las personas más desfavorecidas. En coherencia con estos objetivos, de los aproximadamente 20 millones de euros que destinará el Fondo Social Europeo a la Comunidad Foral de Navarra durante el período 2014-2020 en el marco de la política de cohesión, se ha decidido programar aproximadamente 6 millones de euros en acciones de Empleo Social Protegido, reforzando de este modo el apoyo a estos proyectos gracias a la inyección de nuevos recursos financieros provenientes de la Unión Europea.” Así, el Empleo Social Protegido se encuentra incluido dentro del Objetivo Temático 9 “Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación” del Programa Operativo 2014-2020 para Navarra.
Las previsiones de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre , y los objetivos marcados por la financiación del Fondo Social Europeo deben conciliarse con las contenidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre , de Subvenciones. En esta Ley se establece el régimen jurídico general aplicable a las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social. Con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer sus bases reguladoras, que habrán de ser publicadas, posibilitando de este modo el acceso de quienes realicen las actividades o se encuentren en la situación que motiva el otorgamiento.
Es objeto de las presentes bases reguladoras establecer el procedimiento que regirá la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de Empleo Social Protegido de entidades locales. Estos proyectos consistirán en la contratación laboral de personas en situación de exclusión social y con dificultades para el acceso a puestos de trabajo normalizados para que, mediante la formación en habilidades sociolaborales y destrezas profesionales y el desempeño de una actividad de interés colectivo, mejoren sus posibilidades de integración laboral.
Corresponde al Departamento de Derechos Sociales, en virtud de lo establecido en el artículo 1 del Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de este Departamento, ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en materia de asuntos sociales.
En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales,
ORDENO:
1. Aprobar las bases reguladoras que se recogen en el Anexo I y II de esta Orden Foral y la convocatoria de subvenciones a entidades locales para el Programa de Empleo Social Protegido.
2. Autorizar un gasto de 4.000.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria del año 2019 “900003-91600-4609-231602[PEP:E-14/000106-01]: Empleo Social Protegido PO FSE 2014-2020” del Presupuesto de Gastos de 2019 y un gasto de 2.000.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria “900003-91600-4609-231602: Empleo Social Protegido PO FSE 2014-2020” del Presupuesto de Gastos de 2019.
3. El plazo de presentación será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
4. Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social de la Dirección General de Inclusión y Protección Social, al Centro Contable de la Sección de Gestión Presupuestaria y al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica del Departamento, así como a la Base de Datos de Gobierno de Navarra de Subvenciones, a los efectos oportunos.
5. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
6. Contra la presente convocatoria las entidades locales podrán interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Anexos
Omitidos.
Escrito el 22/02/2019 20:57:41 por michealbensonloanagency@gmail.com
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