Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia

 04/02/2019
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Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2018 de la Secretaría de Estado de Política Territorial por la que se convocan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia, previstas en el acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de Noviembre de 2017 (BOE de 2 de febrero de 2019). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 27 DE DICIEMBRE DE 2018 DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES POR DAÑOS EN INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES Y RED VIARIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DIPUTACIONES PROVINCIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, PREVISTAS EN EL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2017.

BDNS(Identif.):437171

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Segundo. Objeto:

Financiar hasta el 50 por ciento del coste de la ejecución de las obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales afectadas, así como de la comunidad autónoma del Principado de Asturias, siempre que sean consecuencia de los acontecimientos que dieron lugar a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil

Tercero. Solicitudes y plazo:

Un mes desde la publicación de este extracto en el BOE.

Podrán presentar solicitudes las entidades beneficiarias en los términos que indica el artículo 6.4 a) de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, así como aquellas otras entidades locales incluidas en el ámbito territorial de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, por acuerdo de Consejo de Ministros del 10 de Noviembre de 2017: Comunidades Autónomas de Galicia y del Principado de Asturias.

Cuarto. Bases Reguladoras:

Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el BOE de 12 de febrero de 2015.

Quinto. Cuantía:

El importe máximo de las subvenciones es de 1.460.282,23 euros.

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