Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia

 04/02/2019
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2018 de la Secretaría de Estado de Política Territorial por la que se convocan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia, previstas en el acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de Noviembre de 2017 (BOE de 2 de febrero de 2019). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 27 DE DICIEMBRE DE 2018 DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES POR DAÑOS EN INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES Y RED VIARIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DIPUTACIONES PROVINCIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, PREVISTAS EN EL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2017.

BDNS(Identif.):437171

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Segundo. Objeto:

Financiar hasta el 50 por ciento del coste de la ejecución de las obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales afectadas, así como de la comunidad autónoma del Principado de Asturias, siempre que sean consecuencia de los acontecimientos que dieron lugar a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil

Tercero. Solicitudes y plazo:

Un mes desde la publicación de este extracto en el BOE.

Podrán presentar solicitudes las entidades beneficiarias en los términos que indica el artículo 6.4 a) de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, así como aquellas otras entidades locales incluidas en el ámbito territorial de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, por acuerdo de Consejo de Ministros del 10 de Noviembre de 2017: Comunidades Autónomas de Galicia y del Principado de Asturias.

Cuarto. Bases Reguladoras:

Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el BOE de 12 de febrero de 2015.

Quinto. Cuantía:

El importe máximo de las subvenciones es de 1.460.282,23 euros.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana