Letrado/a de Inspección

 08/01/2019
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio de Inspección.

NORMAS:

Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, que hayan prestado, al menos, cinco años de servicios efectivos en el mismo. Este requisito deberá acreditarse mediante certificación expedida por el órgano competente del Ministerio de Justicia.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del propio Consejo o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vítae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a las personas seleccionadas para cubrir los puestos convocados. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta total o parcialmente.

Sexta.

Las personas a las que se les adjudiquen los puestos convocados, prestarán sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y serán declaradas en situación de servicios especiales, de conformidad con lo previsto en el artículo 615 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

ANEXO I

Denominación del puesto: Letrado/a de Inspección.

Órgano Técnico: Servicio de Inspección.

Número de puestos convocados: 2.

Localización: Madrid.

Nivel de Complemento de Destino: 29.

Complemento específico: 45.016,86 euros anuales.

Adscripción: Letrados/as de la Administración de Justicia con cinco años, al menos, de servicios efectivos.

Méritos específicos:

- Conocimientos en comprobación y control del funcionamiento de los servicios de la Administración de Justicia y en actuaciones y visitas de Inspección.

- Conocimientos de idiomas, lenguas autonómicas y de informática.

- Amplios conocimientos en los órdenes jurisdiccionales civil y penal

- Disponibilidad para viajar en orden a efectuar visitas de inspección.

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