Responsabilidades del Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos del Plan de Salud de Navarra 2014-2020

 19/12/2018
 Compartir: 

Orden Foral 1022E/2018, de 14 de noviembre, del Consejero de Salud, por la que se procede a la modificación de la Orden Foral 674E/2016, de 20 de diciembre, del Consejero de Salud, por la que se establecen los objetivos y responsabilidades del Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos del Plan de Salud de Navarra 2014-2020 (BON de 18 de diciembre de 2018). Texto completo.

ORDEN FORAL 1022E/2018, DE 14 DE NOVIEMBRE, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE PROCEDE A LA MODIFICACIÓN DE LA ORDEN FORAL 674E/2016, DE 20 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS OBJETIVOS Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ TÉCNICO DE LA ESTRATEGIA DE CRÓNICOS DEL PLAN DE SALUD DE NAVARRA 2014-2020.

Mediante al Orden Foral 674E/2016, de 20 de diciembre, del Consejero de Salud, se establecieron los objetivos y responsabilidades del Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos del Plan de Salud de Navarra 2014-2020. Mediante la citada Orden Foral se creó el Comité Técnico de la Estrategia de crónicos.

Mediante la Orden Foral 657E/2017, de 13 de noviembre, se modificó el Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos del Plan de Salud de Navarra 2014-2020.

El Plan de Salud de Navarra 2014-2020 contempla dentro de las acciones que se deben desarrollar para promover la participación en la definición y desarrollo del Plan de Salud la de incorporar a representantes de los ciudadanos en los Comités técnicos de las distintas Estrategias.

En dicha Orden Foral se incluyó en el Comité Técnico a un representante de las Asociaciones que integran la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE). El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Navarra (CERMIN), entidad que incluye a COCEMFE, propone que la representación en el Comité corresponda a CERMIN y no a COCEMFE.

La citada propuesta cuenta con el visto bueno del Departamento de Salud, por lo que mediante la presente Orden Foral se procede a la modificación del Comité en el sentido propuesto.

Además, se aprovecha esta modificación para cambiar la denominación del Comité pasando a denominarse Comité Técnico de la Estrategia de la Cronicidad, cambio que se orienta a la utilización de un lenguaje no sexista.

En razón de lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

1.º Modificar la Orden Foral 674E/2016, de 20 de diciembre, del Consejero de Salud, por la que se establecen los objetivos y responsabilidades del Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos del Plan de Salud de Navarra 2014-2020, en el sentido de cambiar la denominación del Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos que pasa a denominarse Comité Técnico de la Estrategia de la Cronicidad.

2.º Modificar la Orden Foral 674E/2016, de 20 de diciembre, del Consejero de Salud, por la que se establecen los objetivos y responsabilidades del Comité Técnico de la Estrategia de Crónicos del Plan de Salud de Navarra 2014-2020, en el sentido de que en dicho Comité esté el presidente de Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Navarra (CERMIN), o persona en quien delegue, y no de la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE).

3.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La prórroga del contrato administrativo de gestión de servicio debe regirse por lo previsto en su clausulado, sin que quepa admitir la existencia de una potestad extraordinaria de la Administración para desviarse de aquel
  2. Actualidad: El Gobierno presenta el Catálogo de Prescripciones Técnicas para impulsar la contratación pública ecológica
  3. INAP: Segunda convocatoria del Programa de Aprendizaje Directivo 2026
  4. Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-151/24 | [Luevi]
  5. Estudios y Comentarios: La ejecución de los fondos europeos para la recuperación a partir del Reglamento de la UE 2021/241 y del Real Decreto Legislativo 36/2020
  6. INAP: ¿Qué recoge el TREBEP sobre las situaciones administrativas: la suspensión de funciones?
  7. Tribunal Supremo: Los umbrales de saciedad pueden ser “adecuados y necesarios para la correcta ponderación de criterios buscando un equilibrio entre la objetividad y la finalidad del contrato” y para identificar la oferta que refleje “la mejor relación calidad-precio” (STS, Sala 3ª, Secc. 3ª, núm. 205/2026, de 23 de febrero de 2026 - recurso de casación 1584/2023, ROJ: STS 780/2026, ponente B.M. Santillán Pedrosa)
  8. INAP: La adopción de la inteligencia artificial en las Administraciones Públicas. Oportunidades y retos para una gobernanza algorítmica
  9. INAP: El INAP facilita el acceso a la colección de Códigos de Oposiciones +q Códigos, elaborada por el BOE
  10. INAP: Nuevo Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado con la participación de Manuel Villoria, presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana