Conejo de monte

 13/12/2018
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Decreto 92/2018, de 4 de diciembre, por el que se deja sin efecto el Decreto 10/2009, de 10/02/2009, por el que se declara el conejo de monte (Oryctolagus Cuniculus) como Especie Cinegética de Interés Preferente y se aprueba el Plan General de la Especie en Castilla-La Mancha (DOCM de 12 de diciembre de 2018). Texto completo.

DECRETO 92/2018, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTO EL DECRETO 10/2009, DE 10/02/2009, POR EL QUE SE DECLARA EL CONEJO DE MONTE (ORYCTOLAGUS CUNICULUS) COMO ESPECIE CINEGÉTICA DE INTERÉS PREFERENTE Y SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE LA ESPECIE EN CASTILLA-LA MANCHA.

La figura de especie cinegética de interés preferente, es una figura creada por la Ley 2/1993 de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha y el Reglamento para su aplicación, aprobado por el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Caza de Castilla-La Mancha.

Las características que deben de reunir las especies cinegéticas para ser declaradas como especies de interés preferente son: ser una especie cinegética autóctona, tener un significado ecológico, alto valor deportivo, presentar relevancia económica o ser sensibles a su aprovechamiento cinegético, por lo que sus poblaciones requieren un tratamiento especial.

El conejo de monte es una de las principales especies cinegéticas de caza menor. La abundancia de las poblaciones de conejo en nuestros campos y su amplia distribución territorial, ha permitido que la caza del conejo en sus múltiples modalidades, haya sido una de las actividades cinegéticas con mayor tradición en nuestra región y la pieza de caza menor más frecuentemente cobrada por los cazadores. Socialmente la caza denominada de “pelo”, a la que pertenece el conejo, ha sido la caza propia de una amplia capa de cazadores económicamente menos pudientes y de los cazadores locales.

El Decreto 10/2009, de 10 de febrero declaraba el conejo de monte (Oryctolagus Cuniculus) como especie cinegética de interés preferente y aprobaba el Plan General de la especie en Castilla-La Mancha En los últimos años se han producido unos desequilibrios poblacionales importantes, existiendo zonas donde prácticamente ha desaparecido la especie y otras en las que se están produciendo importantes pérdidas en los cultivos de cereales y leñosos, implicando que la caza y el control de las poblaciones de conejo era una estrategia regular y necesaria para la protección de dichos cultivos en Castilla-La Mancha.

A la vista de la disparidad de situaciones procede una revisión exhaustiva de la situación de la especie en la región, de cara a evaluar la necesidad o no de seguir considerándose especie de interés preferente en Castilla-La Mancha.

Así, en el ejercicio de las competencias que el artículo treinta y uno. 10.ª del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a esta Administración Autónoma en materia de caza, oídos los Consejos Provinciales y el Consejo Regional de Caza, el Consejo Asesor de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, en su reunión del 4 de diciembre de 2018.

Dispongo:

Artículo 1. Dejar sin efecto la declaración de especie de interés preferente.

Se deja sin efecto la declaración del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) como especie cinegética de interés preferente.

Artículo 2. Plan General Se deja sin efecto el Plan General del conejo de monte aprobado en Castilla-La Mancha.

Disposición final primera. Efectos El presente Decreto tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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