Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural

 15/11/2018
 Compartir: 

Decisión de Ejecución (UE) 2018/1716 de la Comisión de 13 de noviembre de 2018 que modifica la Decisión de Ejecución 2013/776/UE, por la que se crea la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (DOUE de 14 de noviembre de 2018) Texto completo.

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1716 DE LA COMISIÓN DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2018 QUE MODIFICA LA DECISIÓN DE EJECUCIÓN 2013/776/UE, POR LA QUE SE CREA LA AGENCIA EJECUTIVA EN EL ÁMBITO EDUCATIVO, AUDIOVISUAL Y CULTURAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ,

Visto el Reglamento (CE) n.º 58/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por el que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios (1), y en particular su artículo 3.

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) 2018/1475 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad, que dará la oportunidad a los jóvenes de participar en actividades solidarias. El programa contribuirá a abordar necesidades sociales no satisfechas y a reforzar las comunidades, potenciando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los jóvenes.

(2)

La gestión de parte de la acción Cuerpo Europeo de Solidaridad implica la realización de proyectos de carácter técnico que no conllevan una toma de decisiones políticas y que exigen un elevado nivel de conocimientos técnicos y financieros especializados durante todo el ciclo del proyecto.

(3)

La Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (“la Agencia”) ha demostrado aplicar un enfoque eficaz a la gestión de los programas de la Unión. Durante varios años ha ido acumulando competencias, aptitudes y capacidad en la gestión de los programas que se le han delegado.

(4)

Un análisis de costes y ventajas realizado de conformidad con el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 58/2003, destacó las ventajas cuantitativas y cualitativas de la delegación de la gestión de una parte de las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la Agencia.

(5)

Por lo que respecta a la comparación de los costes con la opción de gestión interna, el análisis de costes y ventajas determinó que era más eficiente y rentable, con un margen del 30 % en términos de valor neto actual, que las tareas fueran gestionadas por la Agencia. Las nuevas actividades que se prevé delegar a la Agencia están en consonancia con su actual mandato y misión. También representan una continuación de sus actividades existentes, como los proyectos del Servicio Voluntario Europeo que les delegó el programa Erasmus+ establecido mediante el Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3). Además, las partes interesadas del Cuerpo Europeo de Solidaridad se beneficiarían de la experiencia adquirida por la Agencia en gestión de programas. Por el contrario, una gestión interna podría provocar disrupciones, ya que las actividades que se prevé delegar nunca han sido gestionadas de manera interna por las Direcciones Generales de las que dependen, que carecen de capacidad para gestionarlas internamente.

(6)

Por lo tanto, la responsabilidad por la aplicación de partes de la nueva acción Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2018/1475 debe atribuirse a la Agencia y, por tanto, debe modificarse la Decisión de Ejecución 2013/776/UE de la Comisión (4) en consecuencia.

(7)

Para garantizar una aplicación coherente en el tiempo de la presente Decisión y de la acción a la que hace referencia, debe garantizarse que la Agencia ejerza sus tareas relacionadas con la aplicación de esta acción a partir de la fecha en la que el Reglamento (UE) 2018/1475 entre en vigor.

(8)

Las medidas previstas en la presente Decisión de Ejecución se ajustan al dictamen del Comité de Agencias Ejecutivas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la Decisión de Ejecución 2013/776/UE de la Comisión , en su artículo 3, apartado 1, párrafo primero, se añade la letra f) siguiente:

“f)

el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

La Agencia también se encargará de la prestación de servicios a otros programas de la Unión que contribuyan a la consecución de los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad, a los que se hace referencia en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad (*1).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir de la fecha de entrada en vigor del acto de base por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad (5).

(1) DO L 11 de 16.1.2003, p. 1.

(2) Reglamento (UE) 2018/1475 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de octubre de 2018, por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican el Reglamento (UE) n.º 1288/2013, el Reglamento (UE) n.º 1293/2013 y la Decisión n .º 1313/2013/UE (DO L 250 de 4.10.2018, p. 1).

(3) Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa “Erasmus+”, de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.º 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 50).

(4) Decisión de Ejecución 2013/776/UE de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, por la que se crea la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural y se deroga la Decisión 2009/336/CE (DO L 343 de 19.12.2013, p. 46).

(5) Véase la nota 2 a pie de página.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  3. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  7. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo
  10. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana