Estructura orgánica a nivel de Secciones no asistenciales y Unidades no asistenciales del Complejo Hospitalario de Navarra

 12/11/2018
 Compartir: 

Orden Foral 1013E/2018, de 29 de octubre, del Consejero de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 54/2016, de 30 de junio, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura orgánica a nivel de Secciones no asistenciales y Unidades no asistenciales del Complejo Hospitalario de Navarra (BON de 8 de noviembre de 2018). Texto completo.

ORDEN FORAL 1013E/2018, DE 29 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 54/2016, DE 30 DE JUNIO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA A NIVEL DE SECCIONES NO ASISTENCIALES Y UNIDADES NO ASISTENCIALES DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA.

Mediante la Orden Foral 54/2016, de 30 de junio, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura orgánica a nivel de Secciones no asistenciales y Unidades no asistenciales del Complejo Hospitalario de Navarra.

Por parte la Gerencia del Complejo Hospitalario de Navarra y de la Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea se propone la modificación de la citada Orden Foral 54/2016, de 30 de junio, del Consejero de Salud para la creación de una unidad que se encargue del control y seguimiento de los artículos de almacén de farmacia del Complejo Hospitalario de Navarra.

El artículo 19.2 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, atribuye a la persona titular del Departamento de Salud, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el establecimiento de las Secciones y Unidades del Organismo Autónomo.

En consecuencia, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, ordeno:

ORDENO:

Artículo único.-Modificar la Orden Foral 54/2016, de 30 de junio, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura orgánica a nivel de Secciones no asistenciales y Unidades no asistenciales del Complejo Hospitalario de Navarra.

Uno.-Se modifica el artículo 44, en el sentido de incluir una letra e) a la que se da la siguiente redacción:

“e) Unidad de Almacén de Farmacia”.

Dos.-Se incluye un artículo 69, al que se da la siguiente redacción:

“Artículo 69. Funciones de la Unidad de Almacén de Farmacia.

La Unidad de Almacén de Farmacia desarrollará las siguientes funciones:

a) Control de los parámetros.

b) Control de inventarios.

c) Organización y gestión de los almacenes de farmacia.

d) Aquellas otras relacionadas con las anteriores que expresamente le sean encomendadas por la Jefatura de Servicio de Administración y Servicios Generales y por la Jefatura de Servicio de Farmacia del Complejo Hospitalario de Navarra, en sus respectivos ámbitos de actuación.”

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de N

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana