Promoción de la igualdad de género

 06/11/2018
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Resolución de 24 de octubre de 2018, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca para el ejercicio 2018, la línea de subvención del Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, a Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género (BOJA de 5 de noviembre de 2018). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE OCTUBRE DE 2018, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, POR LA QUE SE CONVOCA PARA EL EJERCICIO 2018, LA LÍNEA DE SUBVENCIÓN DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, A UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO.

Mediante Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de 10 de octubre de 2018 (BOJA núm. 201, de 17 de octubre), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva a las Universidades Públicas de Andalucía, para la promoción de la igualdad de género y la realización del Programa Univergem (Universidades por la empleabilidad y el emprendimiento de las mujeres universitarias desde la perspectiva de género).

La citada orden en su disposición adicional segunda establece que corresponderá a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer efectuar las convocatorias de las subvenciones reguladas en la presente disposición, a través de la correspondiente resolución que contemplará, al menos, los plazos de presentación de solicitudes, de ejecución y de justificación.

En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo ,

DISPONGO

Primero. Convocatoria.

Por la presente resolución, se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género, para 2018.

Segundo. Solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Las solicitudes de subvención se presentarán conforme al modelo que figura como Anexo I de la presente resolución. Tanto esta solicitud como el formulario Anexo II de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página web del propio Instituto Andaluz de la Mujer, www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, y en las sedes del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros Provinciales de la Mujer.

Tercero. Estudios e investigaciones subvencionables.

En consideración a lo establecido en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la línea de subvenciones para la promoción de la igualdad de género de la Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales que aprueba sus bases reguladoras, se estimarán susceptibles de ser subvencionadas aquellos estudios e investigaciones que versen sobre los siguientes temas:

a) El papel de las mujeres durante la Guerra Civil y la dictadura en España.

b) Análisis de las situaciones de vulnerabilidad en mujeres mayores desde la perspectiva de género.

c) El futuro de las políticas de igualdad de género: un enfoque desde la política comparada.

Cuarto. Cuantía total máxima de la presente convocatoria.

1. Las subvenciones concedidas para el presente ejercicio se concederán con cargo a la partida presupuestaria 1331010000 G/32G/44100/00, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 300.000 euros.

2. La distribución para la anualidad presente es de una cuantía máxima de 225.000 euros; y para el ejercicio correspondiente al año 2019, una cuantía máxima de 75.000 euros.

3. Las cuantías establecidas en el apartado anterior podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de las ayudas que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Quinto. Plazo de ejecución y justificación.

El plazo de ejecución de las actividades objeto de subvención será el comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 30 de junio de 2019, y el plazo para justificar el empleo de la misma finalizará el día 30 de septiembre de 2019.

Sexto. Forma de pago.

Se abonará un primer pago de forma anticipada por el importe equivalente al 75% de la subvención. La cuantía restante será satisfecha en el ejercicio 2019 una vez que se haya justificado el empleo de la totalidad de la subvención.

Séptimo. Régimen jurídico.

Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 10 de octubre de 2018 (BOJA núm. 201, de 17 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, a las Universidades Públicas de Andalucía, para la promoción de la igualdad de género y la realización del Programa Univergem (Universidades por la empleabilidad y el emprendimiento de las mujeres universitarias desde la perspectiva de género).

Octavo. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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