Modificación del Decreto 233/2016, de 22 de marzo

 15/10/2018
 Compartir: 

Decreto 217/2018, de 9 de octubre, de modificación del Decreto 233/2016, de 22 de marzo, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto (DOGC de 11 de octubre de 2018). Texto completo.

DECRETO 217/2018, DE 9 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 233/2016, DE 22 DE MARZO, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO

El Estatuto de autonomía de Cataluña establece en su preámbulo que todos los poderes públicos están al servicio del interés general y de los derechos de la ciudadanía y dispone, en el artículo 71.4, que la Administración de la Generalidad, de acuerdo con el principio de transparencia, debe hacer pública la información necesaria para que la ciudadanía pueda evaluar su gestión.

Asimismo, el Estatuto de autonomía de Cataluña establece, en el artículo 43, que los poderes públicos deben promover la participación social en la elaboración, la prestación y la evaluación de las políticas públicas, y también la participación individual y asociativa en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, con pleno respeto a los principios de pluralismo, libre iniciativa y autonomía.

El Decreto 233/2016, de 22 de marzo , por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto (DOGC n.º. 7086, de 24.3.2016), configura la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto como el órgano de coordinación interdepartamental de las políticas de transparencia y gobierno abierto a impulso de la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto.

La modificación que se establece comprende el apartado 1 del artículo 4 del Decreto 233/2016, de 22 de marzo, relativo a la composición de la Comisión, y la Disposición adicional, relativa a las unidades de información.

En el artículo 4 , apartado 1, del Decreto 233/2016, se añaden tres miembros a los ya existentes: los titulares de los órganos de la Dirección General de Participación Ciudadana, la Intervención General y la Dirección General del Patrimonio Cultural.

La Dirección General de Participación Ciudadana ha sido creada por el Decreto 111/2018, de 19 de junio , de reestructuración del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, dentro de la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto, y asume, entre otras funciones, la de dirigir la implementación, evaluación y difusión de canales e instrumentos para fomentar la participación ciudadana. Por otra parte, se incluyen la Intervención General, que vela por la aplicación del principio de transparencia en el ámbito de sus funciones, y la Dirección General del Patrimonio Cultural, que debe promover el impulso de las políticas públicas en los ámbitos de archivos, museos, patrimonio arquitectónico, arqueológico y paleontológico y patrimonio documental, y sus infraestructuras y las redes territoriales excepto aquellas que se atribuyen a otros órganos o al Gobierno.

La modificación de la Disposición adicional pretende uniformar el término “unidades de información” tanto en la Administración de la Generalidad como en las entidades de su sector público y dejar de utilizar el término “órganos que deben asumir las funciones correspondientes a las unidades de información”. De esta manera se simplifica este concepto, ya que ambos órganos ejercen las mismas funciones.

Por todo ello, de conformidad con lo que establece el artículo 51 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta del consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Modificación del artículo 4

“Composición”

Se modifica al apartado 1 del artículo 4 del Decreto 233/2016, de 22 de marzo, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto, que queda redactado de la manera siguiente:

“4.1 La Comisión es presidida por la persona titular del departamento competente en materia de transparencia y gobierno abierto, y está integrada, además, por las personas titulares de los órganos siguientes:

Secretaría del Gobierno, que ejerce la vicepresidencia primera.

Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto, que ejerce la vicepresidencia segunda.

Secretarías generales de los departamentos de la Administración de la Generalitat.

Gabinete Jurídico de la Generalitat.

Secretaría de Administración y Función Pública.

Secretaría de Finanzas Públicas..

Dirección General de Coordinación Interdepartamental.

Dirección General de Atención Ciudadana.

Dirección General de Contratación Pública.

Dirección General de Transparencia y Datos Abiertos.

Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas.

Escuela de Administración Pública de Cataluña.

Dirección General de Participación Ciudadana.

Intervención General.

Dirección General del Patrimonio Cultural.”

Dirección General de Participación Ciudadana.

Intervención General.

Dirección General del Patrimonio Cultural.

Artículo 2

Modificación de la Disposición adicional

“Unidades de información”

Se modifica el apartado 2 de la Disposición adicional del Decreto 233/2016, de 22 de marzo , por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto, que queda redactado de la manera siguiente:

“Los organismos, las entidades de derecho público, las sociedades con participación mayoritaria o vinculadas, las fundaciones del sector público y consorcios de la Administración de la Generalidad deben designar, entre los órganos con que cuentan en el momento de entrada en vigor de este decreto, sus respectivas unidades de información, a no ser que se acuerde que sea el departamento respectivo el que asuma las tareas descritas en el apartado 1.”

Disposición final

Este decreto entra en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  8. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. INAP: ETGOA: celebración del primer ejercicio y distribución de personas aspirantes

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana