Subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad

 28/09/2018
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Extracto de la Orden HAC/42/2018, de 17 de septiembre de 2018, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2018 de subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo (BOCA de 27 de septiembre de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN HAC/42/2018, DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2018 DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DE MEJORA DE LA EMPLEABILIDAD, EN COLABORACIÓN CON EL SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO.

BDNS (Identif.): 415865.

"De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Beneficiarios:

a) Los municipios y las entidades locales supramunicipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como sus entidades dependientes o vinculadas.

b) Las entidades sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto:

Subvencionar la realización de acciones de mejora de la empleabilidad a través de entidades colaboradoras del Servicio Cántabro de Empleo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden HAC/43/2016, de 20 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo (BOC n.º 189, de 30 de septiembre de 2016), modificada por Orden HAC/47/2017, de 5 de octubre (BOC n.º 200, de 18 de octubre de 2017).

Cuarto. Cuantía.

El importe de la convocatoria asciende a 2.300.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes deberán presentarse en modelo oficial, debidamente selladas y firmadas por el representante legal de la entidad, acompañadas de la documentación (por duplicado) establecida en el artículo 10.2 de la Orden HAC/42/2018, de 17 de septiembre de 2018".

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