ÚLTIMO DÍA DE INSCRIPCIÓN
Objeto y destinatarios.
Mediante esta resolución se convoca la siguiente acción formativa en el lugar y la fecha que se indican:
Primeras jornadas de urbanismo: la agenda urbana local. Nuevo modelo urbano: de lo global a lo local.
Fecha: 4 y 5 de octubre de 2018.
Lugar celebración: C/ Atocha 106, Madrid.
Código: FL18-3076.
Horas lectivas: 15 horas.
Número de plazas: 90.
Fecha límite de inscripción: 19 de septiembre de 2018.
Destinatarios: Arquitectos y Urbanistas, Funcionarios de la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional y otros funcionarios pertenecientes a cuerpos y escalas de los subgrupos A1 y A2, y personal laboral fijo o asimilado, de todas Administraciones públicas.
Objetivos: Analizar el impacto en el ámbito local de los objetivos de desarrollo urbano sostenible de la nueva agenda urbana, en el modelo urbano y en el marco regulatorio del urbanismo, así como el conocimiento de buenas prácticas nacionales e internacionales en la materia.
PROGRAMA:
4 de octubre.
09.00 h. - 09.20 h. Apertura de la jornada.
09.20 h. - 11.00 h. “La nueva agenda urbana: de lo global a lo local”.
11.30 h. - 13.00 h. “Objetivos de desarrollo sostenible 11 en la agenda urbana local: El modelo de ciudad”.
13.00 h. - 14.30 h. “La agenda urbana local: el marco de regulación”.
14.30 h. - 15.00 h. “Presentación del grupo de antiguos alumnos del Máster Universitario en Urbanismo y Estudios Territoriales INAP-UIMP”.
16.00 h. - 18.00 h. “Buenas prácticas nacionales”.
18.15 h. - 19.00 h. “Buenas prácticas internacionales”.
19.00 h. - 20.30 h. Mesa de debate con los ponentes.
5 de octubre.
09.00 h. - 12.00 h. “Nuevos técnicos - nuevos colectivos. Actividad de participación: taller práctico”.
12.30 h. - 13.30 h. Mesa de debate con los ponentes.
13.30 h. - 14.30 h. “Puesta en común. Conclusiones. Presentación del grupo de alumnos del Universitario en Urbanismo y Estudios Territoriales INAP-UIMP”.
15.00 h. Clausura de las jornadas.
Presentación de solicitudes.
Quien desee participar en la actividad formativa convocada deberá presentar la correspondiente solicitud que será accesible, tras la selección de la jornada, en las siguientes direcciones: https://buscadorcursos.inap.es y http://www.inap.es/formacion-en-administracion-local.
El consentimiento del superior jerárquico se entiende concedido desde el momento en que accede a participar en acciones formativas en las que haya resultado seleccionado.
El envío de la solicitud telemática debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las normas y procedimientos que rigen la jornada.
Selección.
1. La Subdirección de Formación Local seleccionará a los asistentes de entre las solicitudes que cumplan los requisitos, atendiendo al perfil de los candidatos en relación con los objetivos de la jornada.
2. Los empleados públicos podrán participar en cursos de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
3. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados públicos y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por ciento de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.
4. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de selección el reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.
Régimen de asistencia.
Los alumnos habrán de asistir con regularidad a la jornada.
La documentación de las jornadas será accesible a través de la web https://urbanistasinap.wixsite.com/urbanistas-inap/jornadas.
Una inasistencia superior al 10 por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará lugar a la baja en la jornada, con pérdida de todos los derechos.
Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán un correo electrónico indicándoles la dirección a la que podrán acceder para descargarse su certificado en soporte digital.
Régimen académico.
Los alumnos seleccionados que no observen las reglas elementales de participación, respeto y consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP y, en general, que contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP (que podrá consultarse en (www.inap.es/conocenos) podrán ser excluidos de las actividades formativas.
Para el desarrollo de los procesos de aprendizaje, los alumnos contarán con el acceso gratuito a “Ágora” (http://agora.edu.es/), a La Administración al Día (http://laadministracionaldia.inap.es) y al Banco de Conocimiento (http://bci.inap.es/), así como a la Red Social Profesional (https://social.inap.es/).
Información adicional.
La información detallada de la jornada será expuesta en la página web del Instituto. Se podrá solicitar información adicional a través del correo electrónico fl@inap.es.
Valoración.
La valoración prevista para esta acción formativa a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1.D) de la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter estatal, en relación con lo establecido en la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 26 de octubre de 1994 (“Boletín Oficial de Estado” de 8 de noviembre) es de 0,15.
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