Comisiones Permanentes Legislativas

 23/07/2018
 Compartir: 

Acuerdo de 20 de junio de 2018, del Pleno del Parlamento de Andalucía, sobre las Comisiones Permanentes Legislativas (BOJA de 20 de julio de 2018). Texto completo.

ACUERDO DE 20 DE JUNIO DE 2018, DEL PLENO DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, SOBRE LAS COMISIONES PERMANENTES LEGISLATIVAS.

PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA

El Pleno del Parlamento de Andalucía, el día 20 de junio de 2018, en el transcurso de la sesión celebrada los días 20 y 21 del mismo mes y año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 del Reglamento de la Cámara, a propuesta de La Mesa, previo parecer favorable de la Junta de Portavoces, ha adoptado el acuerdo que se inserta a continuación sobre las comisiones permanentes legislativas.

ACUERDO SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS COMISIONES PERMANENTES LEGISLATIVAS (X LEGISLATURA)

Según establece el artículo 46.4 del Reglamento del Parlamento de Andalucía, el Pleno de la Cámara puede variar las Comisiones Permanentes a propuesta de la Mesa, y previo parecer favorable de la Junta de Portavoces, durante el plazo de un mes (hábil a efectos parlamentarios), en el caso de una reestructuración del Consejo de Gobierno.

Dicha propuesta de la Mesa se realizará por iniciativa propia o a instancia de dos grupos parlamentarios o de la décima parte de los miembros de la Cámara y habrá de contener el criterio de distribución de competencias entre las nuevas Comisiones y las que, en su caso, puedan resultar afectadas.

Habiéndose producido la reestructuración de las Consejerías en que se organiza la Administración de la Junta de Andalucía por Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio , y con el fin de que las Comisiones Permanentes Legislativas de este Parlamento estén en consonancia con los departamentos del Consejo de Gobierno, para simplificar y racionalizar los trabajos de la Cámara, mediante este acuerdo se reordenan, en tal sentido, las mencionadas Comisiones.

A) Se mantienen la denominación y las competencias de las siguientes Comisiones:

- Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática.

- Educación.

- Salud.

- Igualdad y Políticas Sociales.

- Justicia e Interior.

- Empleo, Empresa y Comercio.

- Fomento y Vivienda.

- Turismo y Deporte.

- Cultura.

- Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

- Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

B) Sin que resulte preciso constituirse de nuevo, cambian de denominación las siguientes Comisiones:

- Economía, Hacienda y Administración Pública.

- Conocimiento, Investigación y Universidad.

C) La Comisión de Empleo, Empresa y Comercio será la competente para tratar además aquellos asuntos relacionados con la Sociedad Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A.

Artículo único.

“1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:

1.ª Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática.

2.ª Economía, Hacienda y Administración Pública.

3.ª Conocimiento, Investigación y Universidad.

4.ª Educación

5.ª Salud.

6.ª Igualdad y Políticas Sociales.

7.ª Justicia e Interior.

8.ª Empleo, Empresa y Comercio.

9.ª Fomento y Vivienda.

10.ª Turismo y Deporte.

11.ª Cultura.

12.ª Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

13.ª Medio Ambiente y Ordenación del Territorio”.

Disposición adicional.

El criterio de distribución de competencias entre las Comisiones Permanentes Legislativas es el que resulta de la determinación de las atribuciones de las Consejerías efectuada por los Decretos de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio; 12/2017, de 8 de junio, y 5/2018, de 6 de junio, así como de la normativa de desarrollo posterior.

Disposición final.

Este acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana