Subvenciones públicas para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional por parte de las Entidades Locales

 25/06/2018
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Extracto de la Orden ECD/58/2018, por la que se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional por parte de las Entidades Locales (BOCA de 22 de junio de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/58/2018, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PÚBLICAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA ORGANIZACIÓN DE COMPETICIONES Y ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS DE CARÁCTER NACIONAL O INTERNACIONAL POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES.

BDNS (Identif.): 403793.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria cuando participen en la organización de competiciones o acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional.

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12 , apartados 2 y 3 , de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

Segundo. Objeto:

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional con destino a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden ECD/48/2018, de 14 de mayo, por la que se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional por parte de las Entidades Locales (BOC número 98, de 21 de mayo de 2018).

Cuarto. Cuantía:

La cuantía total máxima, dentro del crédito disponible, será 90.000 euros.

La cuantía de las subvenciones no podrá superar el 75% del coste de la actividad subvencionada, ni la cuantía de 15.000 euros.

La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de publicación de este extracto.

Sexto. Documentación:

La solicitud de subvención, incluida la correspondiente declaración responsable, se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de esta Orden, irá firmada por el alcalde y por el secretario-interventor de la entidad local solicitante, y se acompañará de la documentación señalada en el artículo 5.6 de la orden de convocatoria.

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