REAL DECRETO 420/2018, DE 18 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 531/2017, DE 26 DE MAYO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD; SE MODIFICA EL REAL DECRETO 424/2016, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES; Y SE MODIFICAN LOS ESTATUTOS DE ENTIDADES DEL DEPARTAMENTO QUE TIENEN LA CONDICIÓN DE MEDIO PROPIO PARA ADAPTAR SU DENOMINACIÓN A LO DISPUESTO EN LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE.
El Real Decreto 419/2018, de 18 de junio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno, suprime la Dirección General de la Comisión Técnica de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que hasta entonces dependía de la Oficina Económica del Presidente.
Con la finalidad de que las funciones que hasta ahora desempeñaba dicho órgano en relación con la preparación de los trabajos de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos puedan ser ejercidas por el Ministerio de Economía y Empresa, es preciso modificar en este punto el Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo , asignando tales funciones a un nuevo órgano con rango de Subdirección General, que dependerá directamente de la Dirección General de Política Económica.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Economía y Empresa, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2018,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo , por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales; y se modifican los Estatutos de entidades del Departamento que tienen la condición de medio propio para adaptar su denominación a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Uno. Se añade una nueva letra aa) al apartado 1 del artículo 5, con la siguiente redacción:
“aa) La coordinación de los trabajos preparatorios de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.”
Dos. Se añade una nueva letra d) al apartado 2 del artículo 5, con la siguiente redacción:
“d) La Secretaría Técnica de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que asume las funciones señaladas en el párrafo aa) del apartado 1.”
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
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