Ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social

 13/06/2018
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Extracto de la Orden de 31 de mayo de 2018 por la que se convocan ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios (DOE de 12 de junio de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 31 DE MAYO DE 2018 POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA OBRAS O SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL EN EL ÁMBITO DEL ACUERDO PARA EL EMPLEO Y LA PROTECCIÓN SOCIAL AGRARIOS.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las ayudas cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.

Primero. Convocatoria.

Se convocan las ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios para 2018.

Segundo. Objeto.

Ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto 7/2018, de 23 de enero (DOE n.º 20, de 29 de enero), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.

La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante resolución de concesión de la ayuda para la contratación de los trabajadores.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones con los requisitos y condiciones establecidas en la misma, las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean destinatarias de las ayudas para la contratación de trabajadores que por resolución haya aprobado el SEPE durante el ejercicio 2017 en base a su normativa específica, dentro del AEPSA.

Para obtener la condición de beneficiario de la subvención, se deberá acreditar no estar incursa en ninguno de los motivos de exclusión a los que se refiere el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se realizará conforme al modelo normalizado anexo I.a de la solicitud. Con la presentación de la citada solicitud se entenderá autorizado el órgano gestor a la consulta para recabar la información relativa a obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que la entidad deniegue expresamente el consentimiento en el apartado correspondiente del modelo de solicitud, debiendo presentar entonces la certificación o información correspondiente.

Las Entidades Locales beneficiarias quedan sometidas a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Cuarto. Bases reguladoras.

Decreto 7/2018, de 23 de enero , por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios publicado en el DOE n.º 20, de 29 de enero.

Quinto. Cuantía.

La cuantía de la ayuda para materiales y medios auxiliares, vendrá determinada por la subvención que para la misma actuación se haya otorgado por el SEPE para la contratación de trabajadores durante el ejercicio 2017.

El porcentaje a aplicar a cada entidad, no podrá exceder en ningún caso del 30 por ciento.

El presupuesto destinado a esta convocatoria asciende a cinco millones, cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos veintisiete euros con cincuenta y cuatro céntimos (5.445.927,54 euros), imputándose al ejercicio 2018, con cargo a la aplicación presupuestaria 1206.115B.760.00, código de proyecto de gasto 200912070004 Actuaciones de mejora y equipamientos de núcleos urbanos (AEPSA) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2018.

La cuantía de los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones convocadas podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes a resolver en esta convocatoria serán aquellas que ajustadas a los modelos normalizados se hayan presentado dentro de los dos meses a contar desde la fecha de la notificación de la Resolución del SEPE otorgando la ayuda para la contratación de trabajadores a las entidades locales para el ejercicio 2018. La orden por tanto, se realiza a los exclusivos efectos de publicidad previstos en el artículo 8.2 del Decreto 7/2018, de 23 de enero y no supone la apertura del plazo de presentación de solicitudes.

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