Destinos vacantes en la Carrera Fiscal

 06/06/2018
 Compartir: 

Se convocan para su provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.

BASES:

Primera.

Para participar en este procedimiento de provisión, será preciso:

Plazas de la segunda categoría: Teniente Fiscal de Comunidad Autónoma. Podrán participar en el mismo los Fiscales que pertenezcan a la segunda categoría.

Segunda.

Las solicitudes, dirigidas al Sr. Ministro de Justicia, se cumplimentarán según el modelo que figura como anexo II a esta convocatoria, y se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4, 28071 Madrid), en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid) o en el Registro de la Fiscalía correspondiente. Asimismo se podrán presentar en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Los solicitantes podrán acompañar a su instancia relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales, y cuantos otros datos relativos a su actividad profesional estimen de interés.

Los solicitantes deberán acompañar a la solicitud su currículum vítae profesional, en formato electrónico, según el modelo disponible en intranet.fiscal.es. En el currículum vítae se deberán omitir datos personales relativos al teléfono, domicilio y correo electrónico. Asimismo, para las plazas que impliquen cargos de jefatura también se adjuntará un plan de actuación que no sobrepasará los veinte folios.

Una vez debidamente cumplimentado el currículum vítae y, en su caso, el plan de actuación, los solicitantes, en el plazo establecido en la presente convocatoria para la presentación de solicitudes, remitirán dicha documentación a la dirección de correo electrónico: fiscalia.inspección5@fiscal.es, con expresión en el asunto del correo de su nombre y apellidos así como del número de la presente Orden.

Cuarta.

Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

Destino y categoría Órgano N.º de plazas Localidad
Teniente Fiscal-Segunda. Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. 1 Oviedo.
Teniente Fiscal-Segunda. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 1 Palma de Mallorca.
Teniente Fiscal-Segunda. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 1 Cáceres.
Teniente Fiscal-Segunda. Fiscalía de la Comunidad de Madrid. 1 Madrid.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana