Subvenciones para las entidades locales de la Línea 1-Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales

 16/05/2018
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Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2018 (Línea 1-Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias; Línea 2-Funcionamiento de museos y colecciones museográficas) (BOPA de 14 de mayo de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 30 DE ABRIL DE 2018, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LAS ENTIDADES LOCALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS EN EL AÑO 2018 (LÍNEA 1-ADQUISICIÓN DE LIBROS DESTINADOS A LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE LA RED DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS; LÍNEA 2-FUNCIONAMIENTO DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS).

BDNS(Identif.): 397583.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.-Beneficiarios:

Línea 1: Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias.

Podrán solicitar estas subvenciones las entidades locales del Principado de Asturias titulares de bibliotecas municipales que forman parte de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias que cumplan los siguientes requisitos:

1) Tener una población inferior a los 75.000 habitantes.

2) Contar, al menos, con un centro bibliotecario de titularidad municipal que cumpla los requisitos que se indican a continuación:

a. Encontrarse al corriente en relación con los datos estadísticos requeridos anualmente por la Sección de Coordinación Bibliotecaria, dependiente de la Consejería competente en materia de cultura.

b. Todos los centros bibliotecarios para cuya dotación se solicite subvención deberán estar incluidos en el Directorio de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias en situación de activo, es decir, en funcionamiento al 1 de enero del año en el que se aprueben cada una de las convocatorias. Este extremo se apreciará de oficio por el órgano instructor.

c. Tener una apertura semanal mínima de 5 horas. Este requisito se apreciará de oficio por el órgano instructor a través de los datos estadísticos suministrados por la Biblioteca o mediante la información que consta en el Directorio de Bibliotecas.

d. El encargado de la biblioteca que tenga la cualificación técnica adecuada será el responsable de las tareas de selección, proceso de los fondos y puesta a disposición de los usuarios de los mismos. En el caso de no existir tal cualificación se requerirá la asistencia de los servicios de la Sección de Coordinación Bibliotecaria para la selección de los fondos y su incorporación al catálogo colectivo (CABIRIA).

3) Realizar, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre del ejercicio en que se lleve a cabo la convocatoria anual, una inversión en la adquisición de fondos bibliográficos con destino a la biblioteca pública municipal, con cargo a los presupuestos del ayuntamiento.

4) Haber cumplido con las obligaciones derivadas de subvenciones concedidas anteriormente por la Administración del Principado de Asturias.

Línea 2: Funcionamiento de museos y colecciones museográficas.

Podrán concurrir a esta convocatoria las Entidades Locales y los organismos autónomos locales.

Segundo.-Finalidad:

Línea 1: Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias. El número máximo de ejemplares que se podrán adquirir por título será de 1, salvo en los concejos que tengan más de una biblioteca en su localidad. No serán objeto de ayuda grandes obras de consulta (enciclopedias, repertorio de genealogía y heráldica, etc.) o publicaciones periódicas (revistas, periódicos, boletines).

Línea 2: Funcionamiento de museos y colecciones museográficas.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas al funcionamiento de Museos y colecciones museográficas y la realización de actividades culturales por dichos equipamientos culturales titularidad de una Entidad Local, ya sean gestionados directamente por la entidad solicitante o por organismo dependiente o participado, en régimen de concurrencia competitiva, durante el ejercicio 2018.

Tercero.-Bases reguladoras:

Resolución de 24 de julio 2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consejería de Educación y Cultura a las entidades locales del Principado de Asturias (BOPA n.º 175, 29 de julio de 2017).

Cuarto.-Importe:

Línea 1: Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias.

El importe total del crédito destinado a esta línea asciende a sesenta y cinco mil euros (65.000 €).

Línea 2: Funcionamiento de museos y colecciones museográficas.

El importe total del crédito destinado a esta línea asciende a cincuenta mil quinientos sesenta y tres euros (50.563 €).

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.-Otros datos de interés.

Línea 1: Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias.

Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo entre el día 1 de enero de 2018 y el día 30 de octubre de 2018. El plazo de justificación finalizará el día 15 de noviembre de 2018, día inclusive.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código 201700041 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria y el formulario normalizado de la solicitud.

Línea 2: Funcionamiento de museos y colecciones museográficas.

El plazo de justificación finalizará el día 31 de enero de 2019, día inclusive.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código 200290 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria y el formulario normalizado de la solicitud.

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