Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos bibliográficos de sus Centros bibliotecarios municipales

 16/03/2018
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Extracto de la Orden 187/2018, de 28 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Comunidad de Madrid, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos bibliográficos de sus Centros bibliotecarios municipales correspondiente a 2018 (BOCAM de 15 de marzo de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 187/2018, DE 28 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA DOTACIÓN DE FONDOS BIBLIOGRÁFICOS DE SUS CENTROS BIBLIOTECARIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE A 2018.

BDNS (Identif.): 388650

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Municipios con población comprendida entre los 1.500 y los 250.000 habitantes, que cuente con un centro bibliotecario de titularidad municipal y que cumplan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.

Segundo

Objeto

Adquisición de fondos bibliográficos consistentes exclusivamente en libros, audiovisuales y contenido multimedia en formato tangible, con destino al incremento de fondos de centros bibliotecarios en funcionamiento, para la mejora y renovación de sus colecciones.

Se excluyen las solicitudes para dotación de lotes de creación con destino a bibliotecas nuevas, así como el incremento y mejora de colecciones para bibliotecas con proyecto de ampliación o traslado.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 34/2018, de 24 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2018).

Cuarto

Cuantía

700.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Otros datos

El pago de la subvención se realizará con posterioridad a la justificación de la ayuda.

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